Este jueves, y tras 4 meses de juicio, el Tribunal Oral Federal N°2 de Rosario se pronunció finalmente sobre el caso de contaminación por agroquímicos de Pergamino. Lo que a todas luces fue un juicio histórico, por la magnitud de las acusaciones, lo grave de las denuncias y el lugar donde todo ocurrió, terminó con una decisión que sin dudas sentará precedente en futuros procesos.
Finalmente, los jueces decidieron absolver de toda culpa y cargo a los 5 productores, el ingeniero agrónomo y el pulverizador acusados, para quienes la fiscalía había pedido penas de prisión, inhabilitaciones, multas y decomiso de campos y maquinaria.
La única sentencia que quedó firme, por el contrario, fue para los funcionarios que estaban encargados, durante los 10 años que se imputan los hechos, de llevar adelante las tareas de control. Se dictaminó que deberán cumplir con 2 años de prisión condicional y 4 de inhabilitación.
Lo particular de este caso fue, desde el vamos, la acusación por la cual Fernando Cortese, Victor Tiribó, Mario Roces, Carlos y Hugo Sabatini, José Luis Grattone y Cristian Taboada fueron sentados en el banquillo. Fue a partir de denuncias vertidas entre 2011 y 2019 que cada uno de ellos fue juzgado por el delito de contaminación ambiental, contemplado en el artículo 55 de la Ley 24.051.
Entre los querellantes estaban algunas de las familias afectadas, que denunciaron lesiones graves de salud, pérdidas de embarazo y presencia de residuos tóxicos en sus casas y campos.
Sin embargo, a pesar de las pruebas presentadas, el tribunal decidió absolver a los productores y técnicos acusados. Pero no porque desconoce lo ocurrido, el efecto de esos productos sobre la salud, o la exposición que tuvieron esos y otros vecinos del periurbano de Pergamino. Sino porque, justamente, las pruebas no fueron suficientes para asumir la culpabilidad.
En ese sentido, la fundamentación dada por los jueces este mediodía es crítica del efecto que tienen muchos de los agroquímicos sobre la salud humana y el medioambiente y señala que “tal vez sea cierto que el país, por su base económica, haya tenido una mirada de mayor protección y resguardo hacia el agro, en contrapartida con cierto interés relativo a esta materia”.
De todos modos, aclararon que excede a ese tribunal “defender la actividad agrícola a costa de la salud pública ni por el contrario privilegiar el medioambiente menoscabando esa producción”, y que sólo debían ceñirse a los hechos denunciados y las pruebas presentadas.
Es en ese último punto donde fueron críticos, pues apuntaron que no hubo prueba suficiente de que los acusados obraron contra las normas en los tiempos y lugares donde se dijo.
“Los testimonios no pudieron dar precisión de cuándo fueron las fumigaciones, algo que resultaba esencial”, expresó el tribunal, que además señaló que “el alegato de la fiscalía estuvo plagado de generalidades, abstracciones y conclusiones que no tuvieron sustento probatorio”.
Sin esos elementos, expresaron, “toda persona que haya llevado adelante fumigaciones entre el 2011 y 2019 y haya cometido una infección municipal debería ser condenada penalmente, lo que no es razonable y atendible.
Sin las pruebas clave, los cinco productores, el ingeniero agrónomo y el pulverizador tuvieron a su favor la presunción de inocencia que rige en los procesos penales y fueron finalmente absueltos. No corrieron la misma suerte los funcionarios municipales Guillermo Naranjo y Mario Tocalini, a quienes, por “incumplimiento de sus deberes” de control y fiscalización se les imputó 2 años de prisión condicional y 4 de inhabilitación.
Ese es el saldo que deja el histórico juicio iniciado en febrero de este año, pero discutido hace más de 15 años.





LEAN BIEN…pero entre líneas los dos siguiente párrafos:
“Finalmente, los jueces decidieron absolver de toda culpa y cargo a los 5 productores, el ingeniero agrónomo y el pulverizador acusados, para quienes la fiscalía había pedido penas de prisión, inhabilitaciones, multas y decomiso de campos y maquinaria.”
“Sin esos elementos, expresaron, “toda persona que haya llevado adelante fumigaciones entre el 2011 y 2019 y haya cometido una infección municipal debería ser condenada penalmente, lo que no es razonable y atendible.”
O sea ENTRE LÍNEAS ES ASÍ: ” Si vos fumigaste más, mucho más de 10 años…¡Entonces sí sos culpable de la muerte de más de 40 personas, incluída una Directora de una Escuela Rural…por Cáncer!…del 2011 al 2019….¿¿son..a ver??…¡A sí!…OCHO AÑOS…no vas envenenar por OCHO AÑOS LAS NAPAS y por DERIVA matar personas…nop! nop!…nop!…La Justicia exige al menos 10 años…Y te lo dice bien el descargo( que más que “descargo”…es el epitafio de todas la tumbas de los muertos)…”NO ES RAZONABLE Y ATENDIBLE”…¡CLARO, LA JUSTICIA TIENE MUCHOS OTROS PROBLEMAS QUE LOS MÁS DE 40 MUERTOS Y ENFERMOS POR CÁNCER!…”¡¡SEGURO!!”.
¿Entienden en manos de quién está la justicia? ¿Comprenden el genocidio al que está expuesta una sociedad con letrados como los que se sientan frente al estrado a decir quién es culpable…y quién no lo es?. En la práctica fue así: “Yo pongo el arma y la sostengo…(el Municipio de Pergamino)..y vos apretás el gatillo…(los que fumigaron sin ningún tipo de escrúpulos…o conciencia de matar, envenar y contaminar lo que sea y como sea)…Pero falta “MÄS”…solo el que puso el “ARMA” es “condenado”…o sea 2 años de “prisión condicional” La cual para el no sabe, no entiende o no ha leído por razones profecionales, como en mi caso: Condenas EFECTIVAS y PRIVACION DE LA LIBERTAD…se da cuando el jurado o juzgado emite una condena superior a los 6 años…e incluso si el presunto criminal o delincuente, no tiene antecedentes…se puede reducir a la mitad. Esta es la Justicia…un grupúsculo de engendro que administran el crimen organizado y hacen y dicen lo que quieren.
Pero cumplieron o no con su deber de funcionarios? Porque hubo acusados, o señalados como responsables en principio. Luego son absueltos. Pero entonces nadie fue? Por qué se dice que no controlaron? Si alguien tiene la posibilidad de explicar este fallo, muchas gracias.
Tenés razón Jorgelina. Si fumigaste 2011 a 2019 no te hagas problema! Y antes??? tampoco! Igual las napas, el aire, la biodiversidad no tienen personalidad jurídica ni legitimidad para estar en un proceso judicial. Queda bien claro quien manda. Si es de Bayer es bueno, lo mismo de Monsanto y ni te digo Chingenta del Dragón admirado por diversos sectores políticos, algunos de ellos con rasgadas vestiduras en defensa del medio ambiente.
Lamentablemente nunca se tiene en cuenta contexto y compleidad de los hechos.
Desde la academia muchas veces se decia que eran menos toxicos que el agua.del mate.
Confundiendo cosas. Algo puede ser menos toxico que otros productos en una escala que se usa a tal efecto,, pero eso no habilitaria a usarlo como el agua del mate.
Antes de permitir usar un producto deberia hacerse evaluacion de como sera su uso, si se suma a otros, areas de aplicacion, conocimiento de usuarios y funcionarios, etc, etc, Esto se les debe solicitar a las personas que entienden de estos temas.
Uno de los problemas de nuestro pais, es que no aprendemos a aprender. Todo lo ocurrido deberia ser concienzudamante analizado, ver las fallas y comunicar lo investigado y comprendido. Debemos crear protocolos de actuacion, de comunicacion sana, etc. Para que la prisa de proximos hechos , no vuelvan a sorprendernos en camiseta.