El Senado se prepara para discutir un marco legal para los mercados de carbono, un sistema que permite convertir en créditos comercializables las reducciones o capturas de gases de efecto invernadero logradas por proyectos productivos.
En el campo, esto puede involucrar desde la conservación de bosques y la recuperación de suelos hasta cambios en el manejo ganadero, la generación de energía con residuos o la incorporación de prácticas que retengan más carbono.
El dictamen fue aprobado en un plenario de las comisiones de Legislación General, Ambiente y Desarrollo Sustentable, y Presupuesto y Hacienda del Senado, donde se unificaron tres proyectos sobre mercados de carbono. El texto quedó en condiciones de llegar al recinto, aunque todavía no tiene media sanción. La intención parlamentaria es incorporarlo al temario de una próxima sesión, posiblemente la semana próxima, según los acuerdos que logren los bloques.
La discusión central para los productores pasa por determinar quién es dueño de esos créditos y quién puede comercializarlos. El dictamen establece que los bonos de carbono son bienes patrimoniales diferenciados de la tierra, los recursos naturales y la actividad productiva, y reconoce que, en los proyectos basados en la naturaleza, su titularidad corresponde a los propietarios de los campos o a quienes hayan recibido contractualmente esos derechos.
El objetivo es ordenar un mercado que podría atraer inversiones y generar nuevos ingresos para el agro, pero también evitar que los activos ambientales queden bajo control exclusivo de los gobiernos provinciales.
El Consejo Agroindustrial Argentino (CAA) celebró el avance y reclamó que se apruebe una norma que podría atraer inversiones por más de 2.000 millones de dólares y generar hasta 3.900 millones de dólares anuales en divisas. “Es un avance decisivo para consolidar la sostenibilidad, la previsibilidad y la competitividad del sector productivo nacional reconociendo el valor de los activos ambientales que genera nuestro país”, expresaron desde la entidad de las cadenas de producción.
Este mercado de carbono tiene algo de intangible y bastante de negocio. En la práctica, una empresa puede financiar la conservación de un bosque, la captura de carbono en un suelo agrícola, la generación de energía a partir de residuos o una mejora en el manejo ganadero. Si ese proyecto demuestra que evitó, redujo o removió emisiones de gases de efecto invernadero, puede obtener créditos que luego se venden a empresas o compradores interesados en compensar emisiones o cumplir compromisos climáticos.
Un crédito equivale a una tonelada métrica de dióxido de carbono equivalente que fue evitada, reducida o removida respecto de una línea de base, mediante un proyecto certificado. La tonelada debe ser cuantificable, monitoreable, reportable y verificable. Esa es la unidad que se negocia en los mercados de carbono y que podría convertirse en un ingreso adicional para los productores argentinos.
La oportunidad ya existe. El Consejo Agroindustrial Argentino informó en un comunicado de prensa que el país cuenta con más de 40 proyectos en ejecución, restringidos casi exclusivamente a los mercados voluntarios. Según sus proyecciones, una ley con reglas claras permitiría captar entre 1.400 y 3.900 millones de dólares anuales, apalancar más de 2.000 millones de dólares en inversiones territoriales durante el mediano plazo, duplicar la cantidad de desarrollos en el corto plazo y acceder a cotizaciones por tonelada de CO2 que podrían triplicar los valores actuales.
El artículo 4 del dictamen establece que el crédito de carbono “es un bien inmaterial de carácter patrimonial, con individualidad jurídica y económica propia, diferenciado del inmueble, del recurso natural y de la actividad de la que deriva”. El artículo 5 agrega que la titularidad registral no implica necesariamente la propiedad económica del crédito, que se rige por los acuerdos y contratos de cesión con los titulares de los derechos sobre los bienes afectados al proyecto.
Para los proyectos basados en la naturaleza, el artículo 17 del dictamen reconoce que los créditos de carbono pertenecen a los titulares de la tierra o a quienes estos cedan sus derechos, bajo la jurisdicción de las provincias. La misma norma establece que las provincias pueden desarrollar programas jurisdiccionales de mitigación, pero deben garantizar el consentimiento informado de los propietarios, su derecho a excluirse y la posibilidad de desarrollar e inscribir proyectos individuales sobre sus inmuebles.
La diferencia es sustancial. Según se entiende, una provincia puede organizar un programa de reducción de emisiones que abarque una región, coordinar proyectos, establecer mecanismos de distribución y contabilizar resultados a escala jurisdiccional. Pero la incorporación de un establecimiento no debería convertirse en una expropiación de los créditos que ese productor genera con su propia actividad. El dictamen obliga a que el consentimiento sea previo y que la salida del programa sea directa, simple y gratuita.
Entre productores y ruralistas, el artículo es visto como un límite a las pretensiones de algunos gobernadores que pretendían que los activos ambientales generados sobre los campos fueran considerados bienes colectivos. La interpretación que surge del texto es que el dominio originario provincial sobre los recursos naturales, reconocido por el artículo 124 de la Constitución Nacional, no elimina los derechos económicos que surgen de un proyecto de mitigación desarrollado sobre un inmueble privado.
El enfoque es relevante para la agricultura regenerativa, la ganadería, los bosques y los humedales, donde una parte importante de la captura de carbono depende de decisiones de manejo que toman los titulares de los establecimientos. El proyecto no crea un derecho automático a cobrar por cada tonelada de carbono almacenada en un campo. Establece, en cambio, que cuando exista un proyecto que genere créditos certificados, la propiedad económica deberá respetar los derechos de quienes aportan la tierra o los derechos necesarios para desarrollarlo.
El dictamen, además establece un Registro Nacional de Reducción de Emisiones, ReNaRe, como plataforma digital pública y gratuita donde se inscribirán los proyectos de créditos de carbono que se desarrollen en el país. La inscripción tendrá carácter declarativo y de trazabilidad. No constituirá una autorización administrativa previa para comercializar créditos en el mercado nacional o internacional, salvo en los casos que requieren autorización específica.
La diferencia entre registrar y autorizar es uno de los puntos que el Consejo Agroindustrial Argentino destacó al celebrar el dictamen. Para el sector, un registro que permita saber quién desarrolla cada proyecto, cuántas unidades emitió y cuál es su destino puede evitar el doble conteo sin convertirse en una nueva aduana regulatoria.
El mercado voluntario permite que una empresa compre créditos de carbono para compensar emisiones, alcanzar metas de neutralidad o financiar proyectos de mitigación. En el mercado regulado, en cambio, los créditos pueden utilizarse para cumplir compromisos climáticos específicos de un país o un mecanismo internacional. El dictamen distingue ambos destinos y establece diferentes requisitos.
El Consejo Agroindustrial Argentino celebró especialmente la estabilidad fiscal por diez años, la exención de derechos de exportación y la creación de un registro nacional ágil, gratuito y declarativo. Para la entidad, esas herramientas permitirían canalizar financiamiento climático hacia la Argentina y mejorar la competitividad de la agroindustria.
La estabilidad fiscal alcanza a los proyectos registrados en el ReNaRe durante diez años, contados a partir de su registración, y comprende los tributos nacionales. Las transferencias internacionales de créditos de carbono regulados por la ley quedan exentas de derechos de exportación, con una alícuota fijada en cero por ciento.
El CAA también reclamó que la Argentina actualice su agenda climática y presente la NDC 3.0 ante la ONU. La Contribución Determinada a Nivel Nacional es el compromiso de reducción de emisiones que asume cada país en el marco del Acuerdo de París. La entidad considera que un inventario nacional de gases de efecto invernadero y metas transparentes son necesarios para que las certificaciones argentinas tengan validez internacional.
El mercado de carbono puede ofrecer una fuente de ingresos para el campo, pero no reemplaza los ingresos de la producción agropecuaria. Un crédito se obtiene después de demostrar una reducción o remoción de emisiones, con los costos técnicos y financieros que eso implica. Tampoco todo el carbono almacenado en un suelo se convierte automáticamente en un activo comercializable. La certificación, el monitoreo, la adicionalidad, la permanencia y la demanda internacional son condiciones para que el proyecto tenga valor.
La discusión del Senado abre la posibilidad de que Argentina establezca reglas nacionales para un mercado que ya está funcionando de manera parcial. Para el sector agroindustrial, el objetivo es que los productores puedan monetizar las buenas prácticas ambientales que desarrollan en sus campos, que las provincias participen sin apropiarse de los derechos económicos privados y que el país pueda vender créditos al exterior sin comprometer sus propias metas climáticas.




