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El carro delante del dron: La provincia de Buenos Aires busca tener su propia legislación para el uso de esta tecnología en el agro, mientras sigue con una ley de fitosanitarios que viene de la época de Alfonsín

Bichos de campo por Bichos de campo
20 abril, 2026

El diputado bonaerense Carlos Puglelli, del Frente Renovador, acaba de presentar un proyecto de ley que busca regular el uso de drones con fines agropecuarios en la provincia de Buenos Aires.

La iniciativa, que acaba de ser ingresada a la Cámara de Diputados, toma como base las recientes autorizaciones emitidas por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) para el uso de estas naves no tripuladas y la normativa aprobada en la provincia de Córdoba, que regula su uso específico en la producción. En ese sentido, se postula como un marco normativo que rija las actividades de monitoreo, mapeo, siembra, fertilización y aplicación de agroquímicos.

Ante la falta de una normativa nacional, cada provincia busca establecer su propio marco y legislar sobre el uso de esta tecnología de creciente adopción. Pero en este caso, una vez más, se pone al carro por delante de los caballos, ya que Buenos Aires no cuenta con una normativa actualizada que rija el uso de fitosanitarios y buscará adaptar el uso de drones a una legislación que tiene más de 35 años de antigüedad.

Una nueva normativa reaviva la guerra entre aeroaplicadores y drones: “No tenemos miedo, pero queremos igualdad de condiciones”, dicen los pilotos

En el artículo 2 del proyecto recientemente presentado por el legislador bonaerense se establece que la normativa será “complementaria de la Ley Provincial 10.699”, la única vigente, desde 1988, respecto al uso, manipulación y aplicación de productos fitosanitarios.

“A través de esta norma se busca ordenar la incorporación de estas nuevas tecnologías al sistema productivo, promoviendo su utilización de manera segura, eficiente y ambientalmente responsable, en articulación con la normativa vigente en materia fitosanitaria y aeronáutica”, define Puglelli en sus fundamentos, sin reparar en que esa ley es apuntada, justamente, por estar desactualizada, un debate que se reavivó al calor del reciente fallo de la Suprema Corte contra las ordenanzas de Tandil y Rauch.

Divina Justicia: La Corte Suprema de Buenos Aires ordenó suspender parte de las ordenanzas sobre agroquímicos en dos partidos, entre ellos Tandil, donde se había logrado un consenso inédito en 2021

Al margen de dichas consideraciones, el expediente 1078/26 sí apunta al “vacío regulatorio provincial” que se desprende del uso específico de drones con fines agropecuarios, sobre todo en lo referido a la aplicación de agroquímicos, la capacitación de operadores y los mecanismos de registro y control.

En ese sentido, establece que la autoridad de aplicación será el Ministerio de Desarrollo Agrario, comandado hoy por Javier Rodríguez, que podrá establecer requisitos técnicos, implementar programas de capacitación, realizar controles y fiscalización, y dictar normas complementarias.

Para ello, además, en el ámbito de esa cartera productiva, se dispone la creación de un Registro Provincial de Operadores de Aeronaves Piloteadas a Distancia para Uso Agropecuario. El texto establece que deberán inscribirse todas las personas físicas o jurídicas que utilicen drones para tareas como aplicación de fitosanitarios, monitoreo de cultivos, fertilización, siembra o relevamientos agrícolas.

Córdoba reguló las aplicaciones agrícolas con drones y fijó requisitos para su uso en el campo

Respecto a la aplicación de agroquímicos, uno de los puntos salientes en el debate en torno al uso de drones en el agro, el proyecto establece que deberán efectuarse con receta agronómica obligatoria, emitida por un profesional matriculado; conforme a las disposiciones de la ya mencionada ley 10.699; y respetando las distancias de seguridad y condiciones de aplicación vigentes.

Los operadores dedicados a esa actividad, además, deberán realizar una capacitación específica en manejo seguro de fitosanitarios y operación de aeronaves piloteadas a distancia. Todo ello, por supuesto, deberá regirse a la normativa vigentes establecida por la ANAC.

Del mismo modo, la iniciativa rescata la reciente aprobación de la Ley Provincial 9164 en Córdoba, que incorpora a los drones como una modalidad específica en la aplicación de fitosanitarios. “La provincia de Buenos Aires, como principal territorio agroproductivo del país, no puede permanecer ajena a estos procesos de innovación tecnológica que están transformando la forma en que se desarrollan las actividades agrícolas”, señala el legislador Puglelli en sus considerandos.

Etiquetas: agroquímicosdronesfitosanitariosprovincia de buenos airesproyecto de leypulverizaciónuso de drones
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Comentarios 3

  1. Horacio Facundo ANDRIOLI says:
    2 meses hace

    Fe de erratas, donde dice regular léase CURRO CURRO. CURRO. En sus ansias locas de recaudar, controlar y cobrar absurdos, ahora la politiqueria barata de Buenos aires quiere regular algo ridículo como los drones agrarios. Donde leo igualdad para los pilotos, yo leo: tractores NO, caballos y asada si. Dejen de ser retrógrados.

  2. Rodolfo Cirigliano says:
    2 meses hace

    Tiene que ajustarse a las mismas reglas que los aplican terrestres, habilitación del equipo carnet del aplicador y receta agronómica. Hay mucha gente que lo toma como un juguete , pero es un negocio para los vendedores

  3. Antonio says:
    2 meses hace

    Para cobrar algún impuesto más!!

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