Días atrás, Bichos de Campo contó el temor que afrontan los exportadores de miel ante la entrada en vigencia de una normativa europea que promete reconfigurar su negocio. Se trata del reglamento 3190, cuya fecha de inicio es el próximo 20 de julio, que busca prohibir el uso de la sustancia química Bisfenol A (BPA) en materiales que estén en contacto con alimentos, como latas o tambores, por ser considerado dañino para la salud.
Originalmente, la normativa se volvería efectiva en enero de 2025, aunque las gestiones realizadas por las autoridades locales consiguieron aplazarla hasta mediados de este año, bajo la promesa de buscar una alternativa para aquella sustancia. Eso, sin embargo, no llegó a una solución concreta y en el sector alertan por el poco tiempo disponible.
“La normativa llegó en el 2024. En ese entonces Senasa no le dio importancia ni trascendencia. El envase reciclado se dice que se va a prohibir hace 30 años y nunca sucedió. Acá se pensó que pasaría lo mismo”, señaló un importante exportador del sector a este medio.
Lo cierto es que la opción más cercana podría llegar de la mano de una firma europea, que afirma tener todas las certificaciones para avanzar en la producción de un revestimiento alternativo. Con ella es con quien Senasa viene manteniendo negociaciones más serias, con el objetivo de aprobar la formula a nivel local e importar los componentes para su fabricación.
Bichos de Campo también supo del caso de una empresa local llamada Risin, que habría dado con otra fórmula pero que se encontraría todavía lejos de poder avanzar con su certificación.
“Ahora que salió la luz están todos apurados por aprobar una pintura nueva y no hay tiempo”, marcó el exportador.

La situación también preocupa a los fabricantes de tambores, que recibirían un duro golpe en caso de que las exportaciones a ese destino se frenen, teniendo en cuenta que representan el 30% del total comercializado.
Es en este escenario que fuentes del gobierno nacional confirmaron a Bichos de Campo que Argentina se prepara para solicitar una prórroga que permita mantener aquel destino comercial abierto.
Cabe mencionar que la normativa europea indica que aquello que ingrese antes del 20 de julio, tendrá un año adicional –hasta julio del 2027- para circular por ese bloque. Este es uno de los motivos por los cuales los exportadores comenzaran a adelantar sus embarques y a achicar sus reservas disponibles.
A eso se suma la entrada en vigencia –todavía en forma provisional- del acuerdo entre el Mercosur y la UE, que permite exportar miel con arancel cero.
Lo que se plantea desde el gobierno es la intensión de aplazar la decisión europea, al tiempo que se consigue cerrar un acuerdo con el proveedor de la pintura alternativa y concretar su registro.
En este marco, durante las últimas semanas se han realizado encuentros entre las autoridades y la Cámara de Exportadores, así como también con los fabricantes de los tambores.






Prórroga por no haber hecho nada?, por no haberse interiorizado? les recuerdo que las Políticas del país son de expansión y conquista de nuevos destinos y mantener los que ya están, siendo parte de las responsabilidades de los organismos competentes asegurar y velar por el cumplimiento de requisitos legales de los destinos. En caso de discrepancias analizarlas y presentar las mismas con antelación, la norma se publico en 2024, entro en vigencia en enero 2025 y el plazo de cumplimiento es Julio 2026. Prorroga se pide cuando hace un año hiciste algo y no llegaste en plazo pero en concepto de que pedimos prorrogas????. 2024/3190 es para todo , no solo la laca interior de los tambores….
el pasado 15 abril se publicó en el Boletín Oficial la siguiente Resolución Conjunta, que introduce modificaciones al Código Alimentario Argentino (CAA):
Resolución Conjunta 1/2026
Incorpora al ordenamiento jurídico nacional la Resolución Grupo Mercado Común (GMC) N° 28/24 “MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 02/12 “REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LISTA POSITIVA DE MONÓMEROS, OTRAS SUSTANCIAS DE PARTIDA Y POLÍMEROS AUTORIZADOS PARA LA ELABORACIÓN DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS PLÁSTICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS”
Incorpora en el Artículo 207 del Código Alimentario Argentino (CAA), al final de la tabla de la Parte I “Lista de monómeros y otras sustancias de partida autorizados” del Anexo de la Resolución GMC N° 02/12, de la siguiente sustancia: Número de CAS: 113693-69-9, Sustancia: Diglicil éter de tetrametil bisfenol F (TMBPF-DGE) = producto de reacción de tetrametil bis (4-hidroxifenil) metano y epiclorhidrina.
Incorpora en el Artículo 207 del Código Alimentario Argentino, al final de la tabla de la Parte V “Lista de polímeros autorizados” del Anexo de la Resolución GMC N° 02/12 la siguiente sustancia: Poliamida-imida 2 (PAI-2) = poli-N-(4,4’-difenilmetano trimelitamida imida), producida por la reacción de 4,4’-diaminodifenilmetano con cloruro de benzoilo-3,4-anhídrido dicarboxílico, con sus restricciones de uso.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/340776/20260415
Esta resolución entró en vigencia al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
Se publico modificación del CAA incorporando nuevas sustancias en el CAA, y resulta que incluimos sustancias que la UE prohíbe bajo la nueva reglamentación. yo me pregunto quien evalúa y analiza las normativas????
ARGENTINA EXPORTA NO NOS OLVIDEMOS DE ESO……