A través de la disposición 21/2026, que lleva la firma del Director Nacional de Sanidad Animal, Daniel Caría, el Servicio de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) introdujo un nuevo cambio dentro de la estrategia de vacunación antiaftosa, esta vez vinculada al movimiento de bovinos y bubalinos en zonas donde se vacune.
La medida modifica la resolución 1259/2023, aprobada por la entonces titular del Senasa, Diana Guillen, que en su Anexo I definía los movimientos de estos animales durante los primeros 15 días de iniciada la campaña de vacunación.
Según se estipuló, los traslados de hacienda entre unidades productivas que aún no hayan cumplimentado la vacunación de campaña estarán permitidos, siempre y cuando “los animales que componen la tropa sean incorporados en la vacunación sistemática en la UP de destino”.
En el caso de la unidad productiva de origen que no haya cumplido con la campaña, y que destine animales a una que sí lo haya hecho, podrá mover sus animales con la condición de que sean vacunados “en la UP de origen mediante una vacunación estratégica de egreso”.
Para el caso del ingreso a concentraciones ganaderas o remate feria, los bovinos y/o bubalinos que ingresen desde unidad productiva que aún no haya realizado la vacunación de campaña en curso “podrán hacerlo previo cumplimientos una vacunación estratégica de egreso de la UP de origen”.
Si bien estos puntos se mantienen similares a los aprobados en 2023, el cambio se introduce particularmente en los animales con destino a la faena.
De acuerdo con la norma, “se exceptúa la vacunación estratégica de egreso de bovinos/bubalinos desde una UP que aún no haya cumplimentado la vacunación de campaña con destino a concentraciones ganaderas o remate feria exclusivamente cuando el predio concentrador o remate feria tenga autorizado como único destino un establecimiento faenador”.
Y añade a continuación: “Si ocurriera el redestino de esos animales a un destino distinto a faena, los mismos deben ser vacunados a través de una vacunación estratégica de egreso en las concentraciones ganaderas o remate feria o una vacunación estratégica de ingreso en la UP de destino. En estos casos el DT-e solo podrá ser emitido a través de la oficina local de la jurisdicción correspondiente”.
Estos cambios se suman a la nueva modalidad que comenzará a regir este año, que consiste en la inoculación de todas las categorías de bovinos y/o bubalinos en una campaña (campaña de totales), dejando para la siguiente campaña sólo a las categorías ternero y ternera.
A esto se suma que los períodos de vacunación no deben superar los 60 días corridos desde su inicio, para la campaña de vacunación que involucra a todas las categorías de bovinos y bubalinos, y los 30 días corridos para la campaña de vacunación que involucra a las categorías ternero y ternera.





