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La cadena del cáñamo completa otro tramo pendiente: El gobierno habilitó licencias para producir y comercializar flores, inflorescencias y biomasa no psicoactiva

Bichos de campo por Bichos de campo
3 septiembre, 2026

Parece que la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME) salió de su largo letargo. Dos meses después de crear un régimen especial para que los productores de semillas, plantines y esquejes no vean paralizada su actividad (resolución 41/2026), las autoridades decidieron avanzar hoy con otra de las etapas que había quedado en suspenso: la referida a la producción y comercialización de flores, inflorescencias y biomasa no psicoactiva.

A través de la resolución 69/2026, la ARICCAME creó el “Régimen para el otorgamiento de licencias para la producción, comercialización y actividades vinculadas al cáñamo con fin hortícola”. Con licencias ya habilitadas para la producción de cáñamo no psicoactivo destinado a semilla, grano y fibra (aquella etapa 1 que había establecido esa Agencia y que reguló a través de la resolución 1/2024), lo que se suma ahora son cuatro licencias específicas para producción agrícola, elaboración de productos derivados, servicios conexos y comercio exterior.

Y que la palabra “hortícola” no confunda, pues no refiere a horticultura convencional. La propia norma lo define como el destino productivo orientado a la obtención y aprovechamiento de inflorescencias y biomasa, siempre dentro del límite que permite considerar ese material como cáñamo (con hasta 1% de THC)

Sin avanzar aún con el régimen previsto por ley, el gobierno creó un registro provisorio para quienes producen semillas, plantines y esquejes de cannabis medicinal: El resto de la cadena sigue esperando

Según detalla el Anexo I de la norma, la licencia de producción agrícola aprobada ahora cubrirá el tramo primario y el acondicionamiento del material vegetal.

La licencia para elaboración de productos derivados, por su parte, refiere al eslabón que toma ese material vegetal y lo incorpora a un proceso de elaboración para obtener productos medicinales, veterinarios, nutricionales, cosméticos o industriales. Cabe aclarar que esta no reemplaza las habilitaciones sanitarias de ANMAT o Senasa.

La licencia de servicios conexos está pensada para empresas que trabajen para terceros dentro de la cadena -por ejemplo acondicionamiento, almacenamiento u otros servicios- sin convertirse por eso en propietarias del material.

Finalmente, la licencia de comercio exterior determina que las exportaciones deben estar respaldadas por documentación de origen, destino, calidad y trazabilidad, y la licencia no incluye el comercio de órganos de propagación.

Tras un intento fallido por disolverla, el gobierno prorrogó por un año la intervención de la agencia que regula la producción de cáñamo industrial y cannabis medicinal

La regulación avanza también sobre el control de la cadena, que ahora deberá contar con trazabilidad por lotes, certificados de análisis cuando correspondan, documentación de traslado, validación anual y declaraciones de stock.

“El régimen establece condiciones destinadas a asegurar la identificación, calidad, origen, destino y trazabilidad del material vegetal, así como su adecuada vinculación con las etapas posteriores de la cadena, destinadas, según corresponda, a la elaboración de productos con fines medicinales, nutricionales, cosméticos, veterinarios o industriales, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros organismos por la normativa aplicable”, indica la norma en sus considerandos.

En cuanto a la duración de las licencias, las mismas serán por 5 años aunque deberán validarse en forma anual. Esto tendrá un costo diferente según el tipo de licencia y la etapa en que se encuentre el trámite. Se detallan a continuación los valores estipulados en el Anexo II de la resolución:

Por otro lado, se indica que, “para garantizar el adecuado control y fiscalización a cargo de la ARICCAME, corresponde establecer obligaciones de información periódica para las licenciatarias, así como procedimientos de inspección y verificación acordes a la actividad”.

La medida entrará en vigencia a los 30 días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial.

Etiquetas: ARICCAMEbiomasacáñamocáñamo industrialcannabis no psicoactivofloreshabilitación de licenciasinflorescenciaslicencias
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Comentarios 1

  1. Fernando Ras says:
    8 minutos hace

    Con tantas regulaciones estoy mareado.
    Lo que me gustaría conocer es donde se inserta la producción de semilla de cáñamo para forraje ganadero.
    Hasta su prohibición el cáñamo proporcionó un forraje muy confiable para la alimentación de rodeos ganaderos con importantes beneficios para el suelo sobre el que se implantaba ese sembrado.
    Hay alguien que esté pensando en recuperar ese forraje con importantes beneficios agrícolas y económicos?

    Reply

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