A través de la Resolución General 5889/2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha, finalmente, el Sistema de Gestión de Inversiones (SGI), una suerte de ventanilla digital a través de la cual se gestionará el Régimen de Incentivo a las Medianas Inversiones (RIMI). Su implementación venía siendo reclamada por los contribuyentes, que veían cumplirse los plazos para solicitar la devolución anticipada del IVA por las inversiones realizadas y no podían tramitarlas.
En concreto, la norma aprobada ahora –que operativiza todo lo sancionado hasta ahora- permitirá a los contribuyentes registrar proyectos de inversión, seleccionar los beneficios tributarios asociados a los mismos, y hacer el seguimiento posterior correspondiente.
Según se dio cuenta, el SGI está “destinado a reemplazar gradualmente los procedimientos vigentes para la gestión de inversiones productivas contempladas en los regímenes existentes, así como aquellas que correspondan a nuevas inversiones y/o beneficios e incentivos tributarios”. Y si bien se comenzará con el RIMI, se espera que luego se amplíe a otros regímenes de inversión.
Para ingresar al sistema, los usuarios deberán tener un CUIT activo, tener el alta en impuestos, domicilio fiscal actualizado y sin inconsistencias, actividad al día según el CLAE (F. 883) y Domicilio Fiscal Electrónico constituido.
En cuanto al proceso de carga de la inversión que se busque realizar, se deberán declarar las fechas de puesta en marcha y se vincularán los correspondientes comprobantes. El dato técnico a tener en cuenta es que ARCA realizará la pre-carga de aquellos comprobantes que ya tiene en sus bases de datos, que luego deberán ser validados por el contribuyente, pudiendo ajustar, incorporar o eliminar lo que sea necesario.
Respecto a los reintegros de IVA, por el SGI solo se hará su pre-solicitud. Para la amortización de ganancias será necesario informarlo antes del vencimiento de la DDJJ, donde bienes y amortización deberán coincidir con lo declarado en el mencionado sistema.
Hay que recordar que el RIMI se “coló” dentro de la Ley de Modernización Laboral (27.802) y está destinado a todos aquellos que no calificaron para ingresar en el régimen de los grandes inversores (RIGI).
La escala de inversión sería de 150 mil dólares para las micro empresas; 600 mil para las pequeñas empresas; 3.5 millones para las empresas medianas tramo 1 y 9 millones para las medianas tramo 2. De acuerdo a lo reglamentado en abril pasado, las empresas tendrán hasta 2 años para llevar a cabo estas inversiones, a partir de lo cual contarán con un régimen de amortización acelerada, también de 2 años, en el impuesto a las ganancias para los bienes incluidos en el régimen.
En la lista de bienes aprobados que son de interés para el agro se encuentran los sistemas y equipos de riego agrícola –se incluyen pívots, bombas sumergibles, bombas centrífugas, sistemas de goteo y compuertas-, mallas antigranizo y bienes semovientes –animales puros de pedigrí, puros registrados, puros controlados o puros por cruza, entre otros-.





