En otro claro indicio de que el gobierno gobierna con letra recomendada por los grandes frigoríficos exportadores nucleados en el Consorcio ABC, entre ellos varios grupos brasileños, los cupos para exportar carne vacuna, tal como adelantó Bichos de Campo, a partir de ahora serán asignados en función de los volúmenes embarcados en el segundo semestre de 2020 por las plantas frigoríficas donde se produjo la carne y no según las empresas exportadoras que hicieron el negocio.
En definitiva, según la nueva reglamentación, la Argentina solo podrá exportar menos de 30.000 toneladas de carne vacuna por mes, incluyendo mercados como China, Israel, Chile y otros con los cuales el país no mantiene acuerdos arancelarios, como la Unión Europea y Estados Unidos, que compran volúmenes mucho menores. Como novedad, de estos cupos se excluyeron los huesos con carne, que van usualmente para China.
La asignación de cupos por planta y no por CUIT quedó establecida con claridad en la resolución 5/2021, que se publicó este viernes en el Boletín Oficial, y que reglamentó el nuevo cepo a la exportación de carne vacuna dispuesto el miércoles por un decreto del presidente Alberto Fernández. En esa norma se definió que los embarques de carne iban a ser solo de la mitad de los tonelajes promedio embarcados entre julio y diciembre de 2020 por cada empresa, pero no quedaba claro el modo de distribución. Con una complejidad adicional, pues hay siete cortes que han sido directamente prohibidos, como método para que crezca la oferta interna de carne y supuestamente bajen los precios del producto.
“El cupo mensual establecido en el artículo 2° del Decreto 408 de fecha 22 de junio de 2021 se calculará conforme el total de toneladas de productos cárnicos exportadas durante el período comprendido entre los meses de julio a diciembre del año 2020” define el artículo 1° de la nueva resolución. Luego indica que los montos “surgen de los certificados de exportación de carne bovina emitidos en dicho período por el Senasa”.
La cuestión es que el total de exportaciones certificadas por el Senasa (357.240 toneladas) es mucho menor al que surge de otras estadísticas públicas, lo que implica que podrán exportarse la mitad de 59.500 toneladas por mes. Es decir, solamente 29.750 toneladas. Según la estadística del IPCVA en base a datos aduaneros, en ese tramo de 2020 se exportaron 409.000 toneladas peso producto. La explicación de la diferencia puede estar en la exclusión de los huesos.
En el artículo 2° , el gobierno aprobó el cupo mensual por empresa que surge de la distribución del 50% de esas exportaciones registradas en Senasa. Hay en total 63 plantas que podrán continuar exportando. Los grupos de productores, matarifes o exportadores sin planta no figuran, por lo tanto deberán negociar con los dueños de los frigoríficos para obtener alguna parte de los cupos correspondientes a cada planta.
Eso implica que las empresas exportadoras que no tienen una planta propia y que, por lo tanto, deben contratar el servicio de un frigorífico para faenar y elaborar los cortes de exportación, no serán “dueños” de su “past performance” y quedarán a merced de la buena voluntad (o no) del administrador del frigorífico en cuestión.
En tal situación, está claro que el poder de negociación de los frigoríficos con respecto a los usuarios de faena se multiplicará de manera exponencial, además de disponer, claro, de un acceso preferencial al mercado de exportación cuotificado por el gobierno.
Los frigoríficos del Consorcio ABC son claramente los que más tonelaje han recibido, pues también eran los mayores exportadores en 2020. La planta de Swift en Rosario, que pertenece al grupo brasileño Minerva Foods, tendrá 3026 toneladas para exportar por mes. El frigorífico Gorina recibirá 2399 toneladas; Arre Beef tendrá 1867; Compañía Bernal 1303; el Rioplantense 1482; el también brasileño Marfrig 1238 toneladas. Y así las toneladas se concentran en las mismas manos de siempre.
La distribución por frigorífico será la siguiente:
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La resolución estableció que, para lo que queda de junio, el cupo máximo de toneladas a exportar por cada fábrica o establecimiento habilitado será equivalente al 25% del cupo mensual que le asignaron en esta resolución. Para solicitar su porción, los frigoríficos tendrán tiempo hasta el 12 de julio.
Por otro lado, se aclaró que las exportaciones de huesos resultantes del desposte no se encuentran alcanzadas por las disposiciones del artículo 2°. Es decir que ese filón de negocios para China no se verá alcanzado por el “cepo cárnico”
En el artículo 3° de la nueva resolución se formaliza el regreso de los ROE o permisos de exportación, que ahora se llaman de otro modo. “Las fábricas o establecimientos habilitados deberán registrar las Declaraciones Juradas de Operaciones de Exportación de Carne (DJEC), conforme el procedimiento previsto por la Resolución Conjunta 3 de fecha 19 de abril de 2021”, se indicó. Según esta norma, cada vez que se genera un pedido de embarque ante Aduana, ésta remite el permiso a la ex ONCCA del Ministerio de Agricultura, que a su vez pedirá permiso para exportar a la Secretaría de Comercio Interior. Se supone que en ese circuito de “doble botonera” se verificará que cada frigorífico cumpla con sus cupos mensuales.
“Las DJEC se imputarán al cupo mensual, máximo y fijo de toneladas a exportar establecido conforme la fecha de aprobación”, confirma la resolución. Y más adelante se define que “las DJEC que excedan el cupo máximo de toneladas a exportar para una determinada fábrica o establecimiento correspondiente al mes de su aprobación, serán rechazadas sin más trámite”, señala la norma. Y aclara que “las toneladas disponibles para exportar mensualmente no se podrán acumular en los períodos siguientes”.
El artículo 6° de la resolución 5/2021 consagra el sistema de poder negociado por el Consorcio ABC con los ministros Matías Kulfas y Luis Basterra, que es el escenario que temían los exportadores sin planta y que ahora se confirma. De hecho, allí se dispone que “las fábricas o establecimientos habilitados para exportar podrán transferir, en el mismo período, todo o parte del cupo máximo mensual de exportación que les haya sido aprobado a otro exportador que hubiera registrado operaciones hasta el dictado del decreto 408/2021, o a otra fábrica o establecimiento habilitado”. Es decir: se habilita negociaciones entre privados donde el dueño del cupo siempre tiene las de ganar.
Para ceder parte de su cupo, el frigorífico deberá avisar a la ex ONCCA, informando la cantidad de toneladas cedidas, además de la identificación completa y fehaciente del destinatario de la cesión. Queda claro que “las toneladas que sean objeto de la cesión serán descontadas del cupo de la planta o establecimiento cedente”.
Adicionalmente a la reglamentación de los cupos al 50%, los frigoríficos se las deberán ingeniar de algún modo para continuar con sus exportaciones -reducidas a la mitad- sin incluir ninguno de los siete cortes que el decreto de Alberto dispuso reservar para el mercado doméstico: asado, tapa de asado, matambre, paleta, cuadrada, vacío y falda.