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Sin avanzar aún con el régimen previsto por ley, el gobierno creó un registro provisorio para quienes producen semillas, plantines y esquejes de cannabis medicinal: El resto de la cadena sigue esperando

Bichos de campo por Bichos de campo
30 junio, 2026

A cuatro años de sancionada la ley que regula el desarrollo de la industria del cannabis medicinal y el cáñamo industrial (27.669), su implementación sigue avanzando a cuentagotas y con parches administrativos.

Ese es el camino trazado por la agencia regulatoria a cargo de ese sector (Arricame), que, cabe recordar, intentó ser disuelta en 2024 y fue finalmente intervenida por el gobierno. Ahora, a través de la resolución 41/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, decidió crear un régimen especial para que, hasta tanto rija plenamente la ley, los productores de semillas, plantines y esquejes no vean paralizada su actividad.

Tras un intento fallido por disolverla, el gobierno prorrogó por un año la intervención de la agencia que regula la producción de cáñamo industrial y cannabis medicinal

A partir de hoy, y hasta marzo del 2027, estará vigente un “régimen especial de adecuación para el otorgamiento de la licencia para actividades vinculadas a órganos de propagación de la especie Cannabis Sativa L con fines medicinales”. No es un nombre del todo práctico para un registro que espera serlo.

En los hechos, Arricame crea una solución transitoria para que un segmento específico, el dedicado al material de propagación, pueda seguir operando hasta tanto rija el régimen integral de licencias para toda la cadena, que es el contemplado por la ley sancionada en 2022.

De ese modo, quienes trabajan con plantines, esquejes y semillas de cannabis medicinal podrán obtener una licencia especial de adecuación hasta marzo de 2027, lo que les otorga un marco legal básico en una actividad que tiene muchos vacíos jurídicos. El “régimen especial de adecuación” busca regularizar su actividad y, eventualmente, servir de puente legal para cuando esté vigente el “régimen general de licencias”.

No corren con la misma suerte otros actores de la cadena, pues la resolución firmada por el interventor Ignacio Ferrari aclara que “quedan expresamente excluidas del presente régimen las actividades vinculadas a la obtención, elaboración, transformación, industrialización, almacenamiento, acopio, distribución, comercialización o cualquier otra forma de aprovechamiento de productos derivados de Cannabis sativa L., así como la comercialización de inflorescencias, biomasa floral, flores y sumidades floridas”.

Asimismo, señala que la actividad de cultivo estará únicamente habilitada para la “multiplicación y obtención de órganos de propagación”. Y, por ende, “todas aquellas inflorescencias que eventualmente pudieran originarse como consecuencia de dichas actividades no podrán ser comercializadas, industrializadas ni utilizadas con fines productivos distintos de la obtención de órganos de propagación”.

Por el contrario, dispone que cualquier material vegetal extra “deberá ser destruido e inutilizado”.

Temor en la industria del cannabis por la suspensión del sistema de renovación y registro de operadores de genéticas de uso medicinal: “Lo que hoy es legal, el lunes es droga”, alertan

De este modo, la agencia, que continúa intervenida desde 2024, esquiva aún la implementación plena del sistema de licencias previstas por ley y que abarcan a toda la cadena de cannabis medicinal y cáñamo industrial. Por el contrario, el camino elegido ha sido el de resolver problemas concretos conforme se fueron presentando.

Ya lo había hecho a fines del 2024 con el primer esquema de licencias creado exclusivamente para el cáñamo industrial no psicoactivo, que en 2025 integró junto al Instituto Nacional de Semillas (Inase) para el registro de cultivares.

Ahora, apunta a regularizar la situación de quienes producen semillas, plantines o esquejes, una actividad también prevista por ley, que cuenta con sus propios registros en el Inase, pero que no contaba aún con un procedimiento completo y estable para obtener la licencia definitiva de Arricame.

Incluso, en la propia resolución la agencia reconoce que estaban estos en una situación incómoda fruto, justamente, de la falta de un marco regulatorio. O, en otras palabras, de que “el régimen general de licencias previsto por la Ley N° 27.669 y su reglamentación se encuentra en proceso de implementación progresiva”.

Etiquetas: ARRICAMEcannabis medicinalintervención de arricamematerial de propagaciónplantas de cannabissemillas de cannabis
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