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El vino 0.0 es también vino: El Código Alimentario Argentino incorporó las categorías sin alcohol y parcialmente desalcoholizado para adaptarse a los nuevos hábitos de consumo globales

Bichos de campo por Bichos de campo
12 noviembre, 2025

El vino fue siempre la bebida alcohólica obtenida por la fermentación del jugo de uva. Desde que se tomaba en vasijas en el Neolítico, hace más de 7000 años, hasta ahora, que es de consumo habitual en gran parte del mundo. En los últimos 150 años, sin embargo, esa tradicional definición se puso entre signos de pregunta, y los nuevos hábitos de consumo, así como la tecnología disponible, terminaron de inclinar la balanza.

Pero el vino sin alcohol también es vino. Así lo demostró, en 1869, un sacerdote de la iglesia metodista llamado Thomas Welch, que logró por primera vez pasteurizar mosto de uva para vender ese jugo a sus devotos. La técnica tomó fuerza y se perfeccionó durante la vigencia de la Ley Seca en los años treinta en Estados Unidos y terminó por imponerse las últimas décadas, cuando las nuevas generaciones empezaron a priorizar las bebidas saludables, los controles de tránsito se volvieron más estrictos y la industria tuvo que adaptarse a lo que parecía inevitable.

Sucedió en las grandes potencias de Occidente y Oriente, así como en Europa. Ahora también en el quinto país mayor productor a nivel mundial, cuna del Malbec y con una larga tradición en el vino.

A partir de hoy, el vino parcialmente alcoholizado y sin alcohol serán contemplados en el Código Alimentario Argentino (CAA). Así lo estableció la resolución conjunta 6/2025, que publicaron hoy en el Boletín Oficial la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.

La decisión, en realidad, responde a los cambios que introdujo en la Ley General de Vinos (14.878) el Instituto Nacional de Vitivinicultura. Lo había empezado a hacer en 2018 pero terminó de delinearlo en marzo del año pasado (resolución 5/2024), cuando aprobó la desalcoholización del vino y la corrección del contenido de etanol del vino -en hasta un 20%- como prácticas enológicas lícitas.

De ese modo, el “Vino parcialmente desalcoholizado” y el “Vino desalcoholizado o Vino sin alcohol” empezaron a figurar en la ley que rige desde 1959.

Golpe libertario a la vitivinicultura argentina: Se aprobó la producción y venta del “Vino sin alcohol”

En el mercado argentino, hay varias bodegas que ofrecen este tipo de vino que, si fuera como las nuevas cervezas, llevaría el “0.0” escrito en su etiqueta. En realidad, para obtenerlo, es necesario primero hacer vino de forma convencional, mediante la fermentación alcohólica de la uva. Lo importante llega al final, cuando, en vez de embotellarse o enviarse a las barricas, se utilizan determinadas técnicas que lo desalcoholizan.

A tono con las normativas internacionales, el INV permite utilizar técnicas separativas como la ósmosis inversa y la evaporación al vacío. En el primer caso, se trata de un proceso de filtración muy preciso que emplea membranas de alta presión para separar el alcohol del resto de los componentes del vino. En el segundo, sólo basta con calentar levemente la bebida y someterla a una presión reducida para evaporar el alcohol sin que se alteren los aromas y sabores característicos.

De acuerdo a lo establecido por la resolución publicada hoy en el Boletín Oficial, se deroga el Artículo 1103 del “CAPÍTULO XIII BEBIDAS FERMENTADAS” del Código Alimentario y se introducirán los nuevos tipos de vino.

El Artículo 1102 bis dictará que “con la denominación de Vino parcialmente desalcoholizado se entiende al producto obtenido por desalcoholización parcial de vino que presenta una disminución del contenido alcohólico del vino por desalcoholización superior al 20% vol. siempre que su contenido alcohólico volumétrico final sea igual o superior a 0,5% vol. y cumplan con la Ley N° 14.878 – Ley General de Vinos”.

El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) eliminó 80% de sus normas y abandonará gran parte de sus funciones históricas como controlador del proceso productivo de los vinos

Entretanto, el Artículo 1102 tris establecerá que “con la denominación de Vino desalcoholizado o Vino sin alcohol se entiende al producto obtenido por desalcoholización del vino que presenta un contenido alcohólico menor a 0,5% vol. y cumplan con la Ley N° 14.878- Ley General de Vinos.”.

Etiquetas: anmatcodigo alimentario argentinoinstituto nacional de vitiniculturaINVvino desalcoholizadovino sin alcohol
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