En este artículo de Agustín Arechavala, que forma parte del Departamento de Derecho Corporativo del estudio Grispo Abogados, recuerda que durante el 2023 empresas y productores denunciaron nuevos ataques a silobolsas, sumando más de 329 bolsones dañados a nivel nacional. Mientras tanto, afirma el autor, el proyecto que crearía el delito de vandalismo rural no ha avanzado en el Congreso Nacional.
Este es el texto enviado a Bichos de Campo:
Meses atrás, la Cooperativa Agrícola Ganadera e Industrial Limitada de Puan, en la provincia de Buenos Aires, denunció la rotura de 51 silos bolsa, sumando a nivel nacional 329 silos bolsas vandalizados. Este hecho tuvo amplia repercusión mediática ya que se trató del ataque más grande contra una empresa del sector agropecuario, poniéndose en riesgo más de 10.000 toneladas de trigo que podrían perderse.
Este tipo de ataques no es una práctica nueva, desde fines de 2019 se registran antecedentes de rotura de silos, encontrando su punto más álgido durante los eventos acontecidos en 2022, que motivaron el anuncio de un proyecto de Sergio Massa, para la creación del delito de “Vandalismo Rural” mediante la modificación Código Penal.
¿De qué trataba la propuesta? La propuesta legislativa crearía el tipo penal, es decir, del delito de “vandalismo rural” que integraría el código penal a través de la creación del artículo 184 bis, además de modificar los artículos 186 y 189 creando nuevos delitos ambientales.
Teniendo en cuenta que todo esto surge a partir de los daños a los silobolsa, debemos tener presente que ya existe un delito para el daño de productos agrícolas. El actual artículo 186 establece que estas acciones resultan ser delitos contra la seguridad pública y dice:
ARTICULO 186. – El que causare incendio, explosión o inundación, será reprimido:
2º Con reclusión o prisión de tres a diez años el que causare incendio o destrucción por cualquier otro medio:
- De cereales en parva, gavillas o bolsas, o de los mismos todavía no cosechados;
- De bosques, viñas, olivares, cañaverales, algodonales, yerbatales o cualquiera otra plantación de árboles o arbustos en explotación, ya sea con sus frutos en pie o cosechados;
- De ganado en los campos o de sus productos amontonados en el campo o depositados;
- De la leña o carbón de leña, apilados o amontonados en los campos de su explotación y destinados al comercio;
- De alfalfares o cualquier otro cultivo de forrajes, ya sea en pie o emparvados, engavillados, ensilados o enfardados;
- De los mismos productos mencionados en los párrafos anteriores, cargados, parados o en movimiento;
Críticas al proyecto: De la redacción actual del Código Penal, es claro que el delito que se pretende tipificar se encuentra previsto por los hechos descriptos en el artículo analizado anteriormente, donde no solo se incluye el daño al “silobolsa”, sino también, de forma amplia a las cosechas, ganados, productos y forrajes.
La crítica razonada, es que de realizarse la modificación, el delito que dejaría de ser contra la seguridad pública y que pasaría a ser un delito de daño, bien podría ser de daños contra la propiedad privada. Con este cambio, el actual delito que prevé una pena de tres a diez años para autores materiales e intelectuales se reduciría a una pena de dos a cinco años.
Resultaría en vano crear un delito para esta problemática que afecta la producción cuando ya existe el tipo penal. Además, el bien que se pretende proteger, mediante la definición de “Vandalismo Rural” reduce las penas ya previstas, resultando de aplicación aquella más beneficiosa para el delincuente en el caso de coexistencia de estas.
Otro de los puntos afectados por una equivocada técnica legislativa es la modificación del delito ambiental creando un tipo penal, por el cual el propio productor, podría ser acusado penalmente por las actividades de cuidado de los cultivos mediante la aplicación de fitosanitarios que cuentan con regulación nacional, e internacional que los autorizan.
¿Cuál es su estado actual?: Concluyentemente podemos afirmar que se trata de un proyecto “de marketing político” que en la práctica no es una solución para el sector rural fuertemente castigado por la inseguridad.
Notando que en durante este 2023, año electoral, no se alcanzaría un acuerdo entre las fuerzas políticas fragmentadas en el Congreso, el de vandalismo rural podría ser otro de los proyectos para el sector que luego de dos periodos pierda su estado legislativo y sea retirado.
Si esto termina ocurriendo, seguramente nadie lo lamentaría, ya que la propuesta que lanzaron de manera apresurada en el año 2022 adolece de una técnica legislativa errónea y que genera mayores lagunas y contradicciones que la ley vigente.
En materia de seguridad en el ámbito rural no se requiere de nueva legislación, si no de la asignación de recursos y voluntad estatal de avanzar en el plano de la prevención mediante la inclusión de seguridad y dotación de los comandos de patrullas rurales.
En un segundo plano de persecución del delito, es necesario avanzar con la apertura de fiscalías temáticas, con el grado de especialización suficiente para conocer los problemas de cada una de las producciones regionales, siendo esto un elementos más que ayuda a la actividad disuasiva del delito.