En una decisión que nadie explicó, porque quedó claro que solo perseguía el abroquelamiento de todos los organismos manejados por el Movimiento Evita debajo del paraguas de la Jefatura de Gabinete, a fines de 2022 el gobierno nacional decidió crear un Instituto Nacional de Agricultura Familiar, Indígena y Campesina y extirpó de la estructura de la Secretaría de Agricultura la vieja subsecretaría de Agricultura Familiar.
Con aquella decisión de tinte electoralista, la cartera agropecuaria perdió además el control del Registro Nacional de Agricultura Familiar (RENAF), que durante años se construyó en busca de plantear políticas diferenciales para los productores más chicos. Allí se llegaron a reunir unas 70 mil fichas de campesinos que sobreviven a duras penas en la Argentina.
En este contexto se entiende que ahora el secretario de Agricultura, Juan José Bahillo, haya publicado este martes en el Boletín Oficial la Resolución 28/2023, que dispuso la creación de un nuevo registro para pequeños productores, que se llamará diferente pero tiene “la finalidad de acceder a los beneficios de los instrumentos de políticas públicas diferenciales para su sector”. Es decir, lo mismo que el RENAF.
En definitiva, ante las fuertes internas dentro del oficialismo y debido a la escasez de criterios para manejar la política pública, en la Argentina a partir de ahora se han duplicado los registros que buscan identificar a los productores más pequeños, que son muchos y están dispersos en la geografía.
“En virtud de la crucial importancia del sector resulta necesario individualizar a sus actores a fin de elaborar políticas públicas de fomento de sus actividades”, explica Bahillo. Luego agrega que “la creación de un registro será una herramienta que simplifique el acceso a los programas y acciones que realiza el Estado Nacional orientados al sector pequeño y mediano productor agroalimentario”.
Parece una tomada de pelo, pero también la admisión de que el RENAF ya perdió el sentido original y ahora se convirtió, en manos del Instituto de la Agricultura Familiar manejado por militantes del Movimiento Evita, más en una herramienta electoral que en otra cosa.
Lo cierto es que Agricultura, para reemplazar aquel registro, ahora creó “el Registro Nacional MiPyMES Agroalimentarias”, que será administrado por la Subsecretaría de Fortalecimiento Productivo y Sustentable para pequeños y medianos productores agroalimentarios.
¿Y son los mismos sujetos los que deberán inscribirse aquí que los que poblaban las listas del RENAF?
Saque sus propias conclusiones:
“Se entenderá por persona productora agroalimentaria aquel sujeto económico dedicado a cualquier actividad de producción primaria de agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca, de la cual obtenga como resultado un producto de origen animal, vegetal y/o fúngico. Asimismo también será considerada persona productora agroalimentaria aquel sujeto económico que forma parte de las cadenas de valor de productos primarios y que realice un proceso de transformación y/o agregado de valor a la materia prima que recibe. También serán consideradas personas productoras agroalimentarias a aquellas que fabriquen productos de origen biológico o biotecnológico que sirvan de insumos para la producción primaria”.
Es decir que entramos todos, salvo los que no puedan ser considerados MiPymes.
“Para ser considerada Micro, Pequeña y/o Mediana Empresa Agroalimentaria y solicitar su incorporación al Registro, la persona interesada deberá acreditar los siguientes requisitos:
- Encontrarse inscripta en el Registro de Empresas MiPyMES, en el ámbito de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo.
- Encontrarse inscripta en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA), en el Registro Nacional de Productores Apícolas (RENAPA), en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) o en el Registro Nacional de Establecimientos (RNE) o constancia vigente del registro o habilitación que corresponda a la actividad agroindustrial o por el tipo de producto, conforme normativa vigente.
- Además deberá presentar la constancia de inscripción de la AFIP.
“La inscripción en el registro Nacional MiPyMES Agroalimentarias no tiene vencimiento mientras se mantengan las condiciones y requisitos establecidos para su otorgamiento y vigencia por parte del solicitante y mientras cumplan con todas y cada una de las obligaciones impuestas por la normativa vigente y las que en el futuro pudieren imponerse de manera general o particular”, explica la norma firmada por Bahillo y que crea un segundo registro para pequeños productores.