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Las privilegiadas que esquivan el baño: El Senasa flexibilizó los requisitos para acceder a las zonas libres de sarna ovina y estableció excepciones para los tratamientos preventivos

Bichos de campo por Bichos de campo
23 enero, 2026

Tanto Chubut -desde 2016 y luego, desde 2023- como Santa Cruz -también desde 2023- son consideradas Zona Libres de Sarna Ovina causada por el ácaro Psoroptes ovis. Esa enfermedad parasitaria, muy común en invierno y muy extendida en las majadas patagónicas, es conocida por sus efectos productivos y su fácil contagio, por lo que, en el marco del plan nacional dispuesto para su erradicación, ha suscitado siempre una serie de acciones obligatorias.

Una de ellas, dispuesta tras la delimitación de zonas libres, es el tratamiento acaricida preventivo para todo animal que ingrese desde otras regiones, que consta de dos baños por inmersión con un intervalo de entre 10 y 12 días según el producto utilizado.

Se trata del más efectivo, pero también más costoso, para tratar esta parasitosis. Por decisión del Senasa, de ahora en más dejará de ser obligatorio en determinados casos para ingresar a las provincias liberadas. Entre ellas, la de Chubut, que recientemente ha encendido alarmas por la proliferación de nuevos casos y la resistencia a los antibióticos.

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“Corresponde adecuar el régimen sanitario vigente, sustituyendo en los mencionados supuestos la obligatoriedad del baño preventivo por un esquema de control basado en inspecciones sanitarias oficiales en origen”, señala en sus considerandos la disposición 2/2025 de la Dirección de Sanidad Animal del Senasa.

La medida, publicada hoy en el Boletín Oficial, exceptúa del baño preventivo a los ovinos que sean puros de pedigrí, se encuentren dentro de una cabaña ovina registrada en el Senasa, estabulados y aislados del resto de la majada, y vayan a participar de exposiciones rurales o remates realizados en zonas oficialmente declaradas libres de sarna ovina.

La norma alcanza únicamente a los animales puros de pedigrí, registrados ante la Sociedad Rural Argentina y las Asociaciones de Criadores de Ovinos, ya que, de acuerdo con el Senasa, “presentan un menor riesgo sanitario de exposición a la sarna ovina” siempre y cuando estén en condiciones de estabulación y aislamiento.

Por ello, en el articulado de la disposición también se establece que toda cabaña que quiera solicitar la excepción del baño, además de estar debidamente registrada, debe contar con una infraestructura mínima específica: alambrado perimetral y, al menos un galpón, un brete, depósito de alimentos y herramientas, una sala veterinaria y un baño para ovinos.

Asimismo, además de las dos inspecciones sanitarias obligatorias de cada año, se las obliga a “contar con instalaciones dentro del establecimiento que garanticen el aislamiento de los reproductores ovinos a presentar en las exposiciones y/o remates en zonas libres de sarna, respecto del resto de la majada del establecimiento”.

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Cumplidos todos aquellos requisitos, previo al evento también será necesaria la inspección sanitaria de predespacho -con una antelación mínima de siete días- y otra adicional en el ingreso al establecimiento, que confirme la ausencia total de ectoparasitosis.

Por último, los ovinos puros de pedigrí que egresen de una exposición o remate hacia zonas libres de sarna -aún cuando provengan de esa misma zona- estarán obligados a cumplir una cuarentena mínima de 24 días, con una inspección adicional por parte de los técnicos del Senasa.

Etiquetas: chubutOvejaspatagoniasanta cruzsarna ovinazona libre de sarna ovina
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