Hoy el juzgado Federal N° 2 de San Miguel de Tucumán emitió el primer decreto para hacer lugar a la presentación de la acción declarativa de certeza presentada por la Asociación Civil de Productores Agrícolas y Ganaderos del Norte (Apronor) respecto de la inconstitucionalidad de los derechos de exportación sobre productos agroindustriales como consecuencia de haber operado el vencimiento de la Ley Nº 27.541.
La estrategia de los asesores legales de Apronor, entidad con sede en Tucumán, consiste en intentar lograr una declaración de certeza e inconstitucionalidad de la atribución del Poder Ejecutivo nacional en lo que respecta a la imposición de derechos de exportación.
Una vez obtenida esa declaración –si la justicia tucumana la convalida, claro–, el siguiente paso consistiría en presentar amparos, de manera individual, para no solamente evitar ser sujeto del impuesto, sino además solicitar la devolución del mismo para las ventas de granos realizadas desde el pasado 1 de enero.
En esa misma línea, la Sociedad Rural Argentina (SRA) y la Sociedad Rural de Jesús María presentaron una acción de amparo ante los Tribunales Federales de la provincia de Córdoba para intentar desactivar la posibilidad de que el Poder Ejecutivo determine la fijación y cobro de alícuotas de derechos de exportación.
La Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública (Nº 27.541) había determinado que hasta el 31 de diciembre de 2021 el presidente podría fijar alícuotas de hasta 33% para productos del complejo sojero y de hasta un 15% para el resto de los bienes agroindustriales.
El artículo 81 del proyecto de Presupuesto 2022 proponía mantener esa atribución hasta el 31 de diciembre de 2024. Sin embargo, como tal proyecto finalmente no fue aprobado en el Congreso, entonces tanto la SRA como la Sociedad Rural de Jesús María entienden que desde el 1 de enero de 2022 no existe marco legal alguno que permita seguir implementando el cobro de derechos de exportación.
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