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En la Secretaría de Agricultura también se queman las hojas secas: Eliminaron ocho viejas normas sobre bananas, maquinaria agrícola y controles fitosanitarios

Bichos de campo por Bichos de campo
20 julio, 2026

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca acaba de derogar ocho normas que considera obsoletas, innecesarias o que ya cumplieron con su cometido. La movida está a tono con el objetivo, de “avanzar en la simplificación y actualización del ordenamiento jurídico”. La famosa ley hojarasca que impulsa la gestión libertaria.

Con la firma de Sergio Iraeta, a través de la resolución 114/2026, publicada hoy en el Boletín Oficial. La medida alcanza a marcos normativos que protegían la banana del norte, que establecían requisitos para la importación de maquinaria agrícola usada, que definían exigencias para importar papa semilla, o que fijaban el uso del cuaderno fitosanitario para los productores de manzana y pera, entre otras.

“El análisis efectuado sobre el conjunto de las normas precedentemente citadas permitió verificar que estas respondieron a necesidades regulatorias, sanitarias y administrativas propias del contexto existente al momento de su dictado”, señala la medida en sus considerandos, respecto al conjunto de normas sancionadas entre 1992 y 2013 y que ya no regirán.

Entre las más destacadas están aquellas que establecían protecciones a la producción bananera del NOA. Por un lado, la resolución 99/1994, que limitaba el ingreso de bananas originarias de países con presencia de determinadas plagas cuarentenarias, de acuerdo a la situación fitosanitaria de aquel entonces.

Y, además, la resolución 823/2006, que extendía las exigencias fitosanitarias para el ingreso y tránsito de esta fruta a las provincias de Formosa y Misiones. Posteriormente, una norma del 2013 volvía a circunscribirla a Salta y Jujuy. Todas ellas fueron eliminadas.

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Asimismo, la norma también deroga la resolución 648/1994, destinada a definir requisitos fitosanitarios para la importación de maquinaria agrícola usada mediante un procedimiento de autorización previa.

“La operatoria fue posteriormente reemplazada por mecanismos de evaluación y control más modernos”, explicaron desde la secretaría, respecto al régimen de importación inaugurado el año pasado.

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Otros de los requisitos que se eliminan son los que regían para la importación de papa semilla, que exigían presentación de Certificados Fitosanitarios Internacionales conforme a las plagas cuarentenarias. “Es una materia actualmente regulada por procedimientos fitosanitarios actualizados”, justificó el gobierno sobre la derogación de la resolución 715/1994.

La simplificación normativa también alcanza a otra norma ya obsoleta, como o era el uso obligatorio del Cuaderno Fitosanitario para los productores de manzana y pera. Lejos ha quedado aquella norma de 1998 que definía el registro manual de aplicaciones fitosanitarias, un sistema que fue posteriormente reemplazado por otros mecanismos digitales y más modernos.

La resolución 561/1999 es otra de las que, en los hechos, ya habían sido reemplazadas y sólo restaba eliminarlas.

Se trata de una vieja medida que incorporó al derecho argentino una norma del Mercosur sobre los residuos de plaguicidas en productos agropecuarios “in natura”, pero fue luego actualizada tanto por las reglamentaciones del bloque como del propio país. En efecto, su eliminación no implica flexibilizar ni eliminar controles.

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“Varias de las resoluciones mencionadas cumplieron íntegramente el objeto para el cual fueron dictadas, mientras que otras regulan situaciones transitorias o específicas que han perdido actualidad o su regulación fue posteriormente adecuada mediante nuevos instrumentos normativos”, señalaron desde la secretaría que dirige Sergio Iraeta.

Y, aunque ya no rijan, justificaron su eliminación aduciendo que “la permanencia formal de normas que han perdido virtualidad jurídica genera dispersión normativa, dificulta la identificación del derecho vigente y resulta incompatible con los principios de simplicidad, eficiencia, seguridad jurídica y buena administración que deben orientar la actuación de la Administración Pública Nacional”.

Etiquetas: desregulaciónfitosanitariosimportación de maquinaria agrícolaNOAproducción bananeraproducción de bananassecretaria de agricultura
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Comentarios 1

  1. Fredi x says:
    3 semanas hace

    ¿Esto te parece obsoleto, la protección fitosanitaria para que no haga caga… Nuestros cultivos?
    Entre las más destacadas están aquellas que establecían protecciones a la producción bananera del NOA. Por un lado, la resolución 99/1994, que limitaba el ingreso de bananas originarias de países con presencia de determinadas plagas cuarentenarias, de acuerdo a la situación fitosanitaria de aquel entonces.

    Y, además, la resolución 823/2006, que extendía las exigencias fitosanitarias para el ingreso y tránsito de esta fruta a las provincias de Formosa y Misiones. Posteriormente, una norma del 2013 volvía a circunscribirla a Salta y Jujuy. Todas ellas fueron eliminadas.

    Responder

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