“Con motivo del incremento en el uso de combustibles, la disponibilidad de bioetanol existente en el mercado en la actualidad, inferiores a la demanda de bioetanol requerida por las empresas encargadas de realizar las mezclas de combustibles fósiles”, dice este jueves la Resolución 614 de la Secretaría de Energía, que convoca a las empresas del sector a presentar sus proyectos para ampliar en 250 mil metros cúbicos la oferta de ese biocombustible originado de los cultivos de caña de azúcar y maíz.
De esa manera, estiman las autoridades, se podrá dar cumplimiento a una oferta necesaria para mezclar las naftas en la proporción del 12% establecida por las actuales reglamentaciones, antes de tomar la decisión -en esto u el próximo gobierno- de elevar ese porcentaje de corte obligatorio al 15%.
“Se advierte la necesidad de realizar una convocatoria de nuevos proyectos de plantas elaboradoras de bioetanol y/o ampliaciones de plantas existentes para satisfacer un volumen mínimo de 250.000 m3 de bioetanol anuales con destino al abastecimiento para la mezcla obligatoria de dicho biocombustible”, insiste la Secretaría de Energía al lanzar esta convocatoria, que promete guardar la proporción entre ambos sectores, el maícero y el azucarero, a la hora de asignar los nuevos cupos.
En la resolución se define que las empresas interesadas (hay una veintena en total entre ambos sectores), contarán ahora con un plazo de 45 días para la presentación de sus proyectos a través de la mesa de entradas de esta Secretaría.
“La Autoridad de Aplicación otorgará los nuevos cupos y/o ampliaciones de cupos existentes procurando conservar el equilibrio entre el abastecimiento de bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y el de maíz, en los términos de lo dispuesto por el Artículo 12 de la Ley Nº 27.640 y el Artículo 7º de la Resolución Nº 776 de fecha 18 de noviembre de 2022, como así también desconcentrar la oferta de producto través de la incorporación de una mayor cantidad de actores para el abastecimiento del mercado”, dice la norma, esperando que aparezcan nuevos actores en el negocio.
El artículo 3º fija a continuación “los parámetros que serán tenidos en cuenta a los fines de ponderar su mayor grado de cumplimiento por parte de los sujetos interesados en la obtención de nuevos cupos”- Serán:
- Inmediatez en la puesta a disposición del bioetanol destinado a la mezcla;
- Diversificación territorial de los proyectos para nueva oferta de bioetanol en el mercado interno;
- Mejoras y/o aportes a la eficiencia y a la reducción de la huella de carbono en el mercado del bioetanol destinado a la mezcla obligatoria;
- Agregado de valor industrial adicional al proyecto de elaboración de bioetanol;
- Generación de saldos exportables de bioetanol, adicionales a los volúmenes necesarios para el cumplimiento del cupo y/o ampliación de cupo que se otorgue;
- Generación de empleo, priorizando el incremento de empleo calificado y la perspectiva de género;
- Compromiso de utilización de tecnología nacional en equipos electromecánicos;
- Inversión en infraestructura para utilización de energías limpias.
Más adelante, la norma establece que “en los casos en que la demanda efectiva de bioetanol sea inferior al equivalente mensual de los cupos de la totalidad de las empresas elaboradoras del sector, el excedente de oferta deberá previamente ser deducido, en primer lugar, de aquellas empresas que hayan puesto a disposición del mercado un volumen de bioetanol inferior al del cupo originario con el que cuentan -a prorrata y en función del volumen faltante respecto del cupo original -, para luego de agotados éstos, continuar con el procedimiento establecido”.
También se faculta a la Subsecretaría de Hidrocarburos para que, en caso de advertir potenciales faltantes de bioetanol para el corte obligatorio de las naftas, “solicite a las empresas elaboradoras del sector la disponibilidad futura de dicho producto, la cual podrá ser considerada como base para llevar a cabo las asignaciones mensuales de bioetanol”.