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A un mes de la Exposición de Palermo, Senasa definió los requisitos sanitarios para el traslado de animales hacia ese y cualquier otro evento ganadero

Bichos de campo por Bichos de campo
11 junio, 2025

A poco más de un mes de una nueva edición de la Exposición Rural de Palermo, y tal como lo hizo en 2024, el Servicio de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) definió los requisitos sanitarios para el traslado de animales que concurren a eventos de este tipo en todo el país, con el objetivo de evitar la transmisión de enfermedades y asegurar su bienestar.

A través de la Resolución 421/2025 publicada hoy en el Boletín Oficinal, el organismo sanitario estableció las pautas sanitarias y documentales, así como actividades de control para el ingreso y egreso de animales, que alcanzará a todas las exposiciones y especies.

“Previo al movimiento de los animales hacia las exposiciones ganaderas y sin necesidad de realizar inspección al establecimiento en donde se encuentran alojados, el productor agropecuario titular de los animales debe presentar ante la Oficina Local del SENASA, la totalidad de la documentación y/o los requisitos solicitados en la presente resolución, y el Veterinario de la Oficina Local del SENASA debe verificar que la documentación”, indica la medida, que estipula luego un plazo de siete días corridos previo al traslado de los animales hacia la exposición.

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El anexo de la medida detalla las pautas a cumplir para cada especie, en función de los controles para cada enfermedad específica.

Por dar algunos ejemplos, en el caso de aftosa, y al igual que sucedió el año pasado, los animales provenientes de zonas libre sin vacunación podrán retornar a su establecimiento de origen luego de pruebas virológicas y serológicas negativas, 96 horas previo a su retorno.

Aquel plazo se modifica frente a otras enfermedades consideradas por la normativa como rabia paresiante, brucelosis, tuberculosis bovina y garrapatas.

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Para el caso de la influenza aviar, las aves de raza que asistan a las exposiciones deberán contar con un diagnóstico negativo, a partir de muestras obtenidas 14 días previos al evento. Ese diagnóstico tendrá una vigencia de 7 meses.

En cuanto a los equinos, que entre finales de 2023 y principios de 2024 registraron distintos brotes de encefalomielitis equina, Senasa estableció que se deberá contar con un certificado de vacunación, conforme la Resolución 115/2024, que deberá ser emitido, sellado y firmado por un veterinario matriculado.

El anexo también incluye pautas para los porcinos, respecto de las enfermedades de aujeszky, brucelosis y aftosa; y para ovinos, caprinos y camélidos, que incluyen también controles sobre ectoparásitos, epididimitis ovina, brucelosis, tuberculosis y aftosa.

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Senasa indicó en el Artículo 7 de la norma que “todos los diagnósticos y resultados de laboratorio requeridos en la presente deben ser realizados por los laboratorios de la Red Nacional de Laboratorios de Controles Analíticos Oficiales (REDLAB)”.

En caso de incumplimiento, no se realizará la emisión del DT-e correspondiente para el traslado de los animales.

Mirá todos los requisitos sanitarios acá:

anexo_7390574_1

Etiquetas: aftosaanimalesavesbovinoscaprinoscontrol sanitarioencefalomielitis equinaequinosexposiciones ganaderasganadoinfluenza aviarovinosporcinossanidadsenasatesteos
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