La foresto-industria chaqueña recibió finalmente el visto bueno de la Justicia que, en manos de su Superior Tribunal provincial, rechazó el pedido de inconstitucionalidad contra el ordenamiento territorial y suspendió la cautelar que paralizó toda la actividad forestal desde mediados de diciembre hasta la fecha.
Con 4 votos contra 1, el máximo organismo judicial terminó desestimando el planteo hecho por la ONG ambientalista “Conciencia Solidaria” y el “Parlamento de Naciones Indígenas y Tribales del Gran Chaco”, y señaló que el OTBN vigente -y aprobado por ley en 2024- no es el responsable de los desmontes en la provincia. Por el contrario, que sería aún peor derogarlo.
De ese modo, tras la decisión oficializada en el fallo publicado el pasado 10 de febrero, la ley 4005-R y su modificatoria 4125-R volverán a regir con normalidad, y la principal actividad económica de la provincia -que ya estimaba pérdidas de 30.000 millones de pesos por mes por el parate- vuelve a la cancha.
Como todo lo que rodea al tema, nada más ni nada menos que en la provincia que más superficies de bosques nativos perdió en la última década, la decisión suscitó contrapuntos entre los bandos enfrentados: el sector ambientalista, de un lado, y funcionarios, grandes empresarios y pymes, del otro.
Lo controvertido de la decisión del Superior Tribunal de Justicia oficializada el 16 de diciembre era que, mientras se debatía el pedido de inconstitucionalidad de la ley que define la explotación de tierras, se suspendía toda la actividad forestal de Chaco. Ya no se trataba del conocido freno a los desmontes ilegales dispuesto en otras instancias, sino la prohibición incluso de lo que se conoce como “aprovechamiento”, es decir, la actividad legal y regulada de talado en las zonas donde está permitido.
Terminada la feria judicial, y cumplidos casi dos meses del recurso de amparo, los jueces determinaron que el ordenamiento territorial chaqueño es constitucional, dieron de baja su anterior decisión y dejaron algunas “recomendaciones” -u observaciones- al gobierno provincial.

La mayoría estuvo compuesta por los jueces Néstor Varela, Víctor Del Río, Emilia Valle y Alberto Modi. En su alegatos, sostuvieron que el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN) es “uno de los pilares del régimen federal de protección de los bosques nativos, en concordancia con el artículo 41 de la Constitución Nacional”, y se expidieron en contra de su inconstitucionalidad, porque significaría volver a debatirlo y reiniciar un proceso que de por sí fue largo y polémico en la provincia.
“La ausencia de un OTBN vigente, legítimo y técnicamente fundado no beneficia a ningún sector: debilita la protección ambiental, expone a los ecosistemas a procesos de degradación irreversibles, paraliza o precariza las actividades productivas lícitas, desalienta inversiones responsables y erosiona la credibilidad institucional del Estado”, remarcaron.
Las observaciones al Estado provincial se refieren a los desmontes ilegales, es decir, aquellos que se llevan a cabo sin control en zonas “prohibidas” del ordenamiento y que fueron denunciados por los sectores ambientalistas en varias ocasiones.
“No son un efecto colateral o incidental de las tensiones normativas vinculadas al OTBN, sino como un ineficaz cumplimiento de la obligación indelegable del gobierno provincial de prevenir, controlar, fiscalizar y sancionar conductas que lesionan bienes ambientales y derechos colectivos”, señalaron los magistrados, que pidieron al gobierno de Leandro Zdero tomar serias medidas al respecto.
Los señalamientos sobre los mecanismos de control son una constante en Chaco. De hecho, la megacausa penal que aún sigue en curso, la de la “mafia de los desmontes” -impulsada por la ONG “Abogadxs Ambientalistas”-, advierte cómo el empresariado forestal goza de protección en cada resorte estatal. Eso no se restringe al actual gobierno.
Otro de los señalamientos del STJ fue respecto a la participación ciudadana detrás de la sanción de ese ordenamiento territorial y su modificatoria, hace ya más de un año. “Existen ciertas deficiencias, principalmente vinculadas a la trazabilidad entre las instancias participativas efectivamente realizadas y el texto normativo finalmente sancionado”, expresan en su fallo.
Justamente, esas deficiencias fueron suficientes, junto a otros argumentos, para que la jueza Iride Grillo votara en disidencia. En efecto, la magistrada asegura que justifican la declaración de inconstitucionalidad de la norma impugnada, “no se trata de meras irregularidades formales sino de vicios que comprometen principios estructurales del derecho ambiental”

En todo caso, lo cierto es que, por el momento y hasta que no se active otro litigio judicial, el OTBN chaqueño, que responde a la Ley nacional 26.331, ya goza de plena vigencia, y la actividad maderera retoma su actividad con normalidad.
En diálogo con el medio Agroperfiles, el gobernador Leandro Zdero celebró que el fallo contemple una “mirada social y productiva” del cuidado de los bosques nativos y aseguró que “al haber una seguridad legal, se abren las puertas a las inversiones y la posibilidad de avanzar en desarrollo de la provincia, para producir más y generar expectativas de nuevos mercados”.




