El gobierno argentino volvió a intervenir el mercado externo de maíz con el propósito de “planchar” el precio de referencia del cereal destinado a mercados externos.
Todo comenzó un año atrás, cuando el gobierno empezó a usar a mansalva el mecanismo de las “retenciones anticipadas” para financiarse con embarques futuros de cereales que finalmente, debido a una severa sequía, no llegaron a cosecharse.
Los exportadores registraron grandes volúmenes de embarques de trigo y maíz, abonaron por adelantado el 90% del derecho de exportación y, al momento de originar mercadería para cumplir con esos compromisos, se encontraron con productores reticentes a vender porque, a causa del desastre climático, no podían (y siguen sin poder) proyectar cuánto cosecharán.
Por ese motivo, el gobierno procedió primero a habilitar la posibilidad de trasladar los permisos de exportación de trigo 2022/23 a la próxima campaña 2023/24. Y luego hizo lo mismo con las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) de maíz 2021/22 respecto de la campaña 2022/23.
Este miércoles, por medio de una nueva resolución (78/2023), dio un paso más al prorrogar por 180 días corridos las DJVE de maíz con período de embarque comprendido entre el 1 de marzo de 2023 y el 31 de julio de 2023.
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Para el resto de los períodos de embarque, es decir, después del 31 de julio, la posibilidad de obtener una prórroga de 180 días en el plazo de la DJVE no será automática, sino que deberá ser solicitada ante la Secretaría de Agricultura, que, en función de los fundamentos expuestos por el exportador, podrá concederla o no (lo que introduce un factor de discrecionalidad importante).
En circunstancias normales, como los embarques declarados de maíz 2022/23 son muy superiores a las compras realizadas, los exportadores tendrían que haber salido a originar cereal compitiendo fuerte entre sí, lo que seguramente hubiese tonificado los precios del producto.
Con el “pase mágico” de DJVE de una campaña a la otra, en cambio, los exportadores pueden emplear partidas de la presente campaña 2021/22 para poder realizar embarques del ciclo comercial siguiente, lo que implica que están mucho más holgados para cumplir compromisos comerciales y no tienen apuro por originar mercadería.
Sin embargo, si siguen registrando nuevos embarques de maíz 2022/23 y los productores siguen reticentes a vender, en algún momento se les acabará el saldo a favor proveniente de la campaña anterior.
La resolución 78 además especifica que “los mismos motivos de fuerza mayor podrán ser alegados por los productores en caso de incurrir en incumplimiento respecto de los exportadores, quienes deberán admitir dicha circunstancia”.
Eso implica que si un productor no puede cumplir total o parcialmente con un forward de maíz 2022/23 porque perdió toda o parte de la cosecha prevista del cereal, entonces no estará obligado a entregar la mercadería en los plazos acordados o bien a pagar una multa por el incumplimiento.
En ese marco, los productores con forwards de maíz 2022/23 realizados con exportadores que no puedan cumplirse a causa del desastre climático, deberían renegociarlos para extender el plazo de los mismos, de manera tal de trasladarlos a la cosecha de maíz del ciclo 2023/24.
En caso de negativa por parte del exportador, el productor puede recurrir a una Cámara Arbitral de Cereales para que laude al respecto, dado que el artículo tercero de las “Reglas y Usos del Comercio de Granos” ampara el pedido por razones de “fuerza mayor”.
Si bien la medida ha resultado efectiva para evitar una “explosión” del precio del maíz con destino a exportación, eso no necesariamente puede extrapolarse al mercado de maíz con venta a consumos internos, dado que, frente a la escasez de mercadería, es muy probable que los precios tiendan a subir en línea con la desesperación de la demanda.
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