Concebida originalmente para que salgan los dólares de abajo del colchón e incorporar más contribuyentes al sistema, la Ley de Inocencia Fiscal 2 tiene en su articulado una serie de cambios a la Ley de Trabajadores Rurales que no fueron tapa al momento de discutirse.
Luego de ser sancionada por el Senado el pasado 17 de septiembre, la nueva Ley 27.826 fue publicada en el Boletín Oficial junto con el decreto que la promulga. A partir de hoy regirá un nuevo esquema de sanciones mucho más duras para aquellos establecimientos que incumplan la registración laboral, y las multas ante el Renatre podrán ir hasta los 7 millones y medio de pesos.
Aunque todas las luces apuntaron a las facilidades para que los contribuyentes integren al circuito formal los ahorros en dólares, o la eliminación del llamado “tapón fiscal” para acceder al régimen simplificado de ganancias, también la Ley de Inocencia fiscal 2 -sucesoria de la promulgada en enero- contempla un apartado para el sector agropecuario.
Se trata del Capítulo 2 de la norma, donde incorpora cambios a la Ley de Trabajadores Rurales (25.191) y establece diferentes tipos de penas económicas para los empleadores que no cumplan con las exigencias del Renatre.
Para las “infracciones leves”, que contemplan inconsistencias en la declaración del contrato de trabajo, las multas irán desde los 120.000 hasta los 187.500 pesos por cada trabajador afectado. Si, en cambio, se incurre en “infracciones graves”, lo que incluye una “declaración falsa del contrato de trabajo rural”, estas van desde los 375.000 a 1.500.000 pesos por cada uno.
La pena máxima se reserva a las “infracciones muy graves”, es decir, la “omisión total de la declaración del contrato de trabajo rural”. Tener a un trabajador en “negro” será sancionado con una multa de entre un millón y medio y 7 millones y medio de pesos.

En su ley original, el Renatre ya establecía una serie de sanciones para los incumplimientos, que igualmente habían quedado desactualizadas por la inflación y no alcanzaban para desalentar la falta de registración.
Además de fijar nuevas escalas, la Ley de Inocencia Fiscal 2 prevé mayores penas para quienes incurren nuevamente en una falta. “En caso de reincidencia dentro de los últimos cinco años, los topes máximos previstos para las infracciones muy graves podrán incrementarse hasta en un 50%”, señala en su artículo 14.
Del mismo modo, también incorpora un mecanismo de actualización para evitar que, a futuro, el esquema de multas quede nuevamente desactualizado: se ajustarán anualmente por índice UVA.
Promulgada y publicada en el Boletín Oficial apenas un día después de celebrarse el Día Nacional del Trabajador Rural, las nuevas sanciones ya rigen para todo empleador que esté en infracción desde ahora en adelante. A partir de enero del 2027, los montos se irán actualizando por los cambios en dicho índice.





