Un verdadero caso de estudio puntual es lo que ocurre en Rafaela desde hace meses, y que tuvo un desenlace judicial en las últimas horas.
En dicha ciudad santafesina, existe un tironeo respecto a las aplicaciones de fitosanitarios que data de tiempo atrás, donde productores, el estado municipal y grupos ambientalistas exponen sus fundamentos para evitar, regular, o permitir las labores.
La novedad de estas horas tiene que ver con que finalmente quedó prohibida la aplicación hasta los 200 metros del ejido urbano, incluso con productos biológicos, echando por tierra la propuesta de los productores que proponían este tipo de insumos para aplicar en la zona periurbana. El juez en lo civil y comercial Matías Colón dictó sentencia en este sentido, y la municipalidad de Rafaela no apeló, por lo tanto ya no queda lugar a la discusión.
Marcos Delfabro es referente de la asociación Productores Unidos de aquella ciudad, y aseguró que lo que sucedido durante estas horas, marca “un revés para la producción y la comunidad toda, ya que dando curso a un amparo ambientalista, impidió la producción dentro de las áreas de los 50 metros posteriores al casco urbano y hasta los 200 metros con productos biológicos y naturaleza orgánica, desoyendo todas las recomendaciones y garantías que ofrecen los organismos públicos nacionales para ese fin, que son INTA y Senasa, dando curso a lecturas de dudosa procedencia pericial desoyendo los peritos ofrecidos por la producción y por los mismos especialistas”.
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Asimismo, el productor del oeste provincial, se lamentó y aseguró: “Esto es una lástima, porque deja no solo a Rafaela, sino a la comunidad y a toda la jurisprudencia nacional de un primer caso que incluya productos orgánicos y biológicos, como una forma de acercamiento a las nuevas tecnologías y de esa manera los periurbanos de la ciudad”.
En este sentido, desde la Asociación Civil Productores Unidos de Rafaela en conjunto se emitió un comunicado donde manifiestan que están “al desamparo y en busca de la verdad”.
En el mismo, se da cuenta del reclamo de los productores, ya que denuncian situaciones irregulares. Siendo quienes se verían claramente afectados económicamente por los resultados de esta acción judicial, no fueron informados ni directamente, ni a través de Sociedad Rural de Rafaela, “por lo que no pudimos tomar conocimiento de las presentaciones realizadas hasta el mes de enero de 2023, cuando ya se habían presentado los informes y realizado las declaraciones de las partes involucradas directamente”.
Además, pusieron el ojo en el accionar de la justicia y los peritos, ya que acusan que no se los informó en ningún momento que se habían convocado Peritos Científicos, ni se dieron a conocer los informes por ellos realizados. “En la sentencia, se aduce que se toman como referencia, dado que no han sido impugnados por las partes. De hecho, resulta claro que el fallo se basó solo en la postura de los demandantes y en los investigadores que ellos propusieron”, aseguraron los productores rafaelinos.
Sobre los organismos nacionales de contralor como Senasa e INTA, Productores Unidos afirma: “Sorprende también, que se relativizan y se ponen en duda las presentaciones del organismo regulatorio referente de Argentina ante el mundo, SENASA; cuya metodología de evaluación de los productos para garantizar que no dañen la salud y el ambiente, es reconocida por los países a los cuales exportamos en el mundo. El mismo trato se da a la presentación del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), con investigadores destacados a nivel nacional e internacional, y al colegio de Ingenieros de la Provincia de Santa Fe quienes tienen competencia y saber científico en el asesoramiento para la utilización responsable de los insumos agropecuarios. Parece ser que cualquiera puede instalar verdades alternativas, dijeron.
Delfabro sintetizó este nuevo hito en la producción agropecuaria pero que mira todo el país ya que sienta precedente, como “un nuevo freno de la justicia a la producción, bajo el pretexto de las previsiones ambientalistas totalmente injustificadas”.
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A continuación, la resolución completa del juez Matías Colón: