El ministro de Agricultura, Julián Domínguez, permanece en Corrientes, tratando de estructurar medidas de ayuda para los productores locales afectados por los incendios. En dicho menú, adelantó que el Gobierno trabaja en un plan de emergencia para la ganadería correntina, que incluye el traslado de animales.
“El problema de Corrientes se convierte en un problema nacional porque va a impactar en toda la ganadería argentina; en la oferta de animales, falta de terneros y la alteración del proceso reproductivo de animales del ciclo 2022-2023”, adelantó Domínguez, recordando que solo esta provincia cuenta con 4,6 millones de cabezas y representan “más del 10% del total de la ganadería y el 20% de los vientres”.
En este marco de la emergencia, en encuentros con los productores, Domínguez recibió quejas porque en las últimas semanas el Senasa se puso a controlar con llamativa vehemencia los papeles de algunos transportes que colaboraban llevando hacienda desde las zonas afectadas a los frigoríficos de la región. El servicio sanitario, increíblemente, ordenó el regreso de alguno de esos vehículos a las zonas incendiadas. El ministro, frente a los planteos, echó las culpas a la anterior cúpula del organismo, que fue removida de sus cargos la semana pasada.
En rigor, en las últimas horas la Dirección Nacional de Sanidad Animal dictó el viernes una nueva normativa que flexibiliza los requisitos sanitarios para la ganadería no solo de Corrientes sino también en todas las provincias del litoral, que incluyen a Misiones, Entre Ríos, Chaco y Formosa.
Esta “readecuación” de las condiciones sanitarias para movimientos y recertificaciones de hacienda son las siguientes:
Fiebre Aftosa: Se permitirá el egreso de la categoría terneras y terneros con una sola dosis de vacunación. Para el resto, no existe ninguna limitante para el movimiento por la vacunación, ya que los establecimientos involucrados se encuentran en intercampaña y han cumplimentado con la vacunación correspondiente al periodo abarcado por la segunda campaña de 2021.
En aquellos campos donde se haya iniciado la campaña de primera vacunación antiaftosa de 2022, se decidió “exceptuar de vacunar en origen, permitiendo la vacunación en destino de los animales a movilizar”.
Si la situación sigue siendo extrema se considerará conceder prórroga para el inicio de campaña.
Garrapata: de no poder cumplir con la inspección, se optó por permitir movimientos cuando el destino sea zona limpia con: FIDHA que indique tratamiento precaucional en origen, autorización de ingreso en destino con
aislamiento, y liberación de la tropa previa inspección (con supervisión oficial).
Rabia paresiante: Se decidió permitir movimientos a cualquier destino dentro del área endémica, independientemente de tratarse de animales afectados a un brote (establecimiento índice y establecimientos interdictados en un radio de 10 kilómetros). Si no tiene cumplimentada la vacunación emergencial, deberá realizarse en el establecimiento de destino.
Anemia Infecciosa Equina: Se permitirá movimientos de équidos sin el correspondiente diagnóstico de AIE, con autorización de ingreso en establecimiento de destino con aislamiento y liberación de los animales
previo sangrado negativo.
Certificaciones: Se definiró una prórroga del vencimiento de PREDIOS LIBRES a Enfermedad de Aujeszky y Brucelosis, de PREDIOS NEGATIVOS a Enfermedad de Aujeszky, Establecimientos Libres de Brucelosis bovina y Establecimientos Libres de Tuberculosis bovina. Esto considerando que el vencimiento de dichas
certificaciones impactaría en los movimientos de egresos de animales de estos establecimientos.
Habilitación de transporte de ganado en pie: Se dispuso la prórroga de la vigencia de la habilitación de los transportes de ganado en pie radicados en las provincias en emergencia a 18 meses conforme la normaticva.
Habilitación / rehabilitación de predios feriales: Lo mismo. Habrá una prórroga para la rehabilitación de las instalaciones de predios feriales conforme la Resolución Senasa Nº 924/2020 hasta el 8 de abril de 2022. Por lo que se podrá realizar eventos de concentración de hacienda sin restricciones.
Esta es el acta oficial:
Memo DNSA 180222