El juez del concurso preventivo de Vicentin SAIC, Fabián Lorenzini, procedió hoy 22 de marzo a suspender la audiencia informativa fijada para mañana 23 de marzo de 2022 y dejó abierta la puerta para extender una vez más el período de exclusividad del proceso.
El pasado 17 de marzo los representantes legales de Vicentin solicitaron a Lorenzini que vuelva a extender –tal como ya lo hizo en dos oportunidades– el período de exclusividad, que vence el 31 de marzo, hasta el 29 de abril próximo con el propósito de juntar las voluntades que permitan homologar la propuesta concordatoria que contempla, en un plazo de doce años, transferir los activos de la concursada la Asociación de Cooperativas Argentinas (ACA), Molinos Agro y Viterra Argentina, quienes actualmente operan las plantas industriales de Vicentin en el marco de contratos a fazón.
Los representantes de Vicentin informaron al juez que ya reunieron 361 conformidades por un total de 8657 millones de pesos y 728.506 dólares, cifra que está lejos de la mayoría necesaria para validar la propuesta elaborada por el actual directorio de la compañía concursada.
La decisión al respecto por parte de las entidades financieras internacionales que conforman la masa concursal es clave para lograr la aceptación de la propuesta. Un detalle no menor, en ese sentido, es que International Finance Corporation, Nederlandse Financierings-Maatschappij voor Ontwikkelingslanden (FMO), ING Bank, Natixis New York Branch y Coöperatieve Rabobank forman parte también de una causa penal contra directivos de Vicentin, la cual se encuentra en curso en el Juzgado Penal de Primera Instancia del Distrito Nº2 de Rosario.
Lorenzini, en el escrito en el cual procedió a suspender la audiencia informativa que iba a tener lugar mañana, indicó que “la nueva fecha será fijada al momento de expedirse este juzgado sobre el pedido de prórroga efectuado”, lo que deja implícito que es muy probable que finalmente se conceda la extensión del período de exclusividad solicitado por Vicentin.
Si ese es el caso, el juez tomaría la decisión para brindar un plazo adicional a los directores de Vicentin para que éstos, además de intentar captar conformidades, mejoren eventualmente la propuesta realizada.
En ese sentido, el estudio Robiolo y Asociados, representante de un grupo de grandes acopios y empresas agropecuarias que integran el proceso concursal, alertó, por medio de un escrito enviado a Lorenzini, que el flujo de fondos presente en la propuesta prevé como pago para el Banco Nación la suma de 77 millones de dólares en el plazo general de doce años, cuando eso no es verosímil porque la entidad oficial cuenta con un crédito garantizado, asociado a las utilidades generadas por la planta elaboradora de bioetanol de Vicentin, por medio del cual está de hecho recuperando parte de la deuda original, que era del orden de 300 millones de dólares.
Por ese motivo, el estudio jurídico solicitó a Lorenzini que requiera a Vicentin que presente un flujo de fondos sobre la base de la ejecución del crédito del Banco Nación, de manera tal de demostrar cuán solvente es la propuesta realizada en función de esa realidad.
¿Qué sucede si, una vez extendido el plazo de exclusividad la concursada no logra sumar las voluntades necesarias para homologar la propuesta presentada? El juez interviniente en el proceso tiene entonces la posibilidad de iniciar el denominado “cram down”, proceso en el cual todos los interesados pueden presentar propuestas de rescate de la compañía concursada, de manera tal que las diferentes iniciativas compitan entre sí para sumar voluntades entre los acreedores.
El “cram down” requiere la apertura de un registro para que dentro de un plazo de cinco días se inscriban los interesados en adquirir las acciones o cuotas representativas del capital social de la concursada por medio de diferentes propuestas de rescate de la empresa.
Luego de valuar los activos, se inicia entonces una “carrera”, en la cual todos los interesados tienen como plazo máximo para obtener las conformidades de los acreedores el de veinte días posteriores a la fijación judicial del valor de las cuotas o acciones representativas del capital social de la concursada.
Lo interesante es que los acreedores pueden otorgar conformidad a la propuesta de más de un interesado. En el “cram down” rigen iguales mayorías y requisitos de forma que para el acuerdo preventivo del período de exclusividad, con la diferencia que, en lugar de una sola propuesta oficial, compiten entre sí todas las ofertas presentadas por los interesados. En el caso de Vicentin, además de ACA, Viterra y Molinos, existen otros dos grupos más –conformados por acopios, empresas agroindustriales y agropecuarias– interesados en presentar propuestas de rescate de la empresa.
¿Y si no se logra finalmente acuerdo alguno luego de ese proceso? El juez concursal entonces declarará la quiebra de la compañía sin más trámite.