La aplicación de productos fitosanitarios mediante drones en los campos argentinos está cada vez más cerca de convertirse en una actividad completamente legal y con el marco regulatorio que la respalde.
Según pudo conocer Bichos de Campo, el viernes 27 a última hora de la tarde, el Senasa hizo llegar a la industria de fitosanitarios una carta diciendo que habilitará los productos que cumplan con las condiciones de poder ser aplicados mediante los vehículos aéreos no tripulados.
Es que hasta ahora, esta actividad que cuenta con más de 200 empresas registradas para realizar esta labor, no terminaba de estar regulada, puesto que para ello se necesitaba por un lado la aprobación de los equipos y la operación de los mismos por parte de la ANAC (Administración Nacional de Aviación Civil). El trámite en este organismo era engorroso para las empresas operadoras, al punto que solamente 6 de las más de 200 empresas nacionales del rubro, estaban autorizadas por ANAC, algo que cambió luego de que un decreto presidencial obligue a apurar los registros.
La otra pata de la regulación tiene que ver con Senasa, organismo encargado de habilitar los productos fitosanitarios para que puedan ser aplicados también con drones además de las conocidas formas tradicionales.
Este organismo debe expedirse formalmente, ya que para que se aplique un producto fitosanitario comercial, la tecnología de aplicación debe figurar en los marbetes de estos, es decir, en la etiqueta que acompaña cada envase.
Esto ocurrió el viernes pasado, mediante una carta que se envió a la industria, donde se dejó en claro que a partir de ahora, las empresas fabricantes deberán empezar el proceso de inscripción de cada producto, y poder tener la insignia “Apto para uso con drones”, y las recomendaciones al respecto.
Federico Elorza, coordinador de gestión sustentable de CASAFE, la cámara de Sanidad y Fertilizantes, aclaró a Bichos de Campo: “Hoy las empresas ya están trabajando para hacer las presentaciones de ciertos productos para aplicar con drones. No se puede aplicar cualquier producto, sino que las empresas van a establecer cuáles son sus productos, van a presentar la información para que aparezca en la etiqueta”.
Al respecto, el especialista especificó a este medio que desde esta comunicación de Senasa, se van a establecer ciertos parámetros técnicos como volumen de aplicación, el tamaño de las gotas, o la altura de la aplicación. “Van a hacer una serie de parámetros para asegurarse que la aplicación de algún producto fitosanitario con drones no va a generar inconvenientes ni para las personas ni para el ambiente. O sea, establecer las buenas prácticas para poder aplicar y que figuren las etiquetas”, dijo Elorza.
La cámara celebró esta iniciativa del Senasa que habilita que las empresas puedan incorporar en la etiqueta de sus productos la aplicación con drones, y reafirmó su compromiso de trabajar en conjunto con los organismos reguladores para garantizar un uso seguro y responsable de esta tecnología.
A partir de esto, las empresas deben presentar una nota al Senasa solicitando agregar los drones como sistema de aplicación en las etiquetas. Adicionalmente, pueden sumar parámetros específicos para la aplicación, como por ejemplo tamaño de gota, volumen de aplicación, altura de vuelo, etc. Solo podrán aplicarse con drones aquellos productos que lo indiquen en su etiqueta.
Perdón, tengo una curiosidad. Cuál es el volumen de carga de un dron, y que superficie aproximada, aplica con ese volumen