Para que una plaga forestal ingrese al país puede alcanzar con un pallet que porta una carga o con las maderas que la mantienen acomodada durante el viaje. Cualquiera sea el producto que traigda dentro, a veces el problema puede estar en el empaque.
El aumento de las importaciones y la superposición de varias normativas diferentes motivó al Senasa a reordenar, una vez más, los controles que rigen a todos los embalajes de madera. Ya lo había hecho el año pasado, pero ahora, mediante la resolución 873/2026 actualizó y reunió en una sola norma las condiciones que deben cumplir, cualquiera sea su vía de ingreso al país.
“Los embalajes de madera y/o maderas de soporte y acomodación que ingresan acondicionando mercaderías representan un riesgo fitosanitario para la producción forestal del país, por constituir un medio efectivo de introducción y dispersión de plagas forestales ausentes en él”, señala el Senasa en su resolución, que abroga algunas normas previas y actualiza su sistema de inspección de acuerdo a exigencias globales.
Particularmente, explicaron, en concordancia con la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF) N° 15, dispuesta por la FAO. La misma fija una serie de requisitos para este tipo de embalajes y obliga a establecer pautas para su ingreso y tránsito en el país.

Al respecto, el Senasa establece que todo embalaje de madera que acondicione mercadería e ingrese al país por cualquier vía de locomoción -sea aérea, terrestre, marítima o férrea- debe estar confeccionada con madera descortezada; encontrarse libre de insectos vivos, larvas, actividad biológica, aserrín fresco o signos evidentes de infestación por plagas; y haber recibido un tratamiento fitosanitario aprobado y certificado.
Asimismo, para acelerar los controles y, explican, evitar dilaciones en las fronteras, se exigirá una declaración jurada obligatoria y previa al arribo, que se tramita a través del sistema informático SIG-Embalajes para acreditar que se cumple con los requisitos mínimos establecidos.
Posteriormente, puede haber esquemas de fiscalización por muestreo lo que, señalan desde el organismo, “se adecua a una gestión de riesgo eficiente, asegurando la trazabilidad y la auditabilidad de las actuaciones”.
“El Senasa determinará si el embalaje que acondiciona la carga objeto de importación representa un riesgo fitosanitario que requiera la realización de una inspección física para autorizar su ingreso”, afirmaron.
En caso de detectarse incumplimientos, las medidas de contención pueden ir desde el tratamiento cuarentenario, la devolución y la fumigación, hasta su trituración, enterramiento profundo o incineración. Las medidas dependen del lugar de detección, que puede ser en zona primaria aduanera o en el depósito final.
Para que ello ocurra, bastará con detectar la ausencia de marca o bien su adulteración en el empaque; la presencia de corteza de un rango superior al límite estipulado en la normativa internacional; o directamente la presencia de insectos vivos o muertos, signos y/o daños producidos por estos en las maderas. También se considerará una transgresión, desde ya, toda falsedad en los datos de la declaración jurada.





