La Ley que dispuso implementar en el país un sistema de gestión de los envases vacíos de fitosanitarios, sancionada en 2016 y reglamentada más de un año después por el Poder Ejecutivo, todavía no está siendo efectivamente aplicada, pues el sector privado recién está en vías de crear una red de centros de acopios que permita recolectar y reciclar los bidones que los productores utilizan y están obligados a entregar.
Mientras todo esto se define a paso cansino, en el Congreso se está discutiendo un nuevo proyecto de ley, que tiene como objetivo disminuir el impacto de las penas que se aplicarían a los productores que no cumplan con la normativa previa. Al parecer, a los legisladores se les pasó la mano a la hora de fijar las multas y los periodos de suspensión a quienes no cumplan con el plan de reciclado obligatorio de los envases de agroquímicos. Y ahora hay que atenuarlas.
Ver Federico Landgraf: “El productor ya no podrá vender, quemar o enterrar los envases de agroquímicos”
Según informa la Fundación Barbecheando, siempre atenta a los asuntos legislativos vinculados al agro, para el próximo martes el radical Alejandro Echegaray, titular de la Comisión de Ambiente en Diputados, convocó a sus pares para tratar un proyecto que modifica la ley de gestión de los envases vacíos de fitosanitarios, para reducir las multas y suspensiones previstas para los infractores.
El proyecto de ley pertenece a Pablo Torello (PRO-Buenos Aires), pero hay que decir que cuenta con apoyo de diversas bancadas y es firmado incluso por Luis Basterra, el referente del peronismo en este tipo de asuntos. De prosperar y convertirse en ley, reducirá sustantivamente el impacto de las multas para quienes no hagan bien las cosas en materia de gestión de los bidones plásticos. En la vieja ley estas multas arrancan en 1 millón de pesos y pueden llegar a 50 millones. En el nuevo proyecto, se achican a entre 5.000 pesos y 7,5 millones.
En el caso de las suspensiones pata los infractores, se propone que los plazos vayan de 5 días a 1 año. La ley original establecía un plazo mínimo de suspensión de por lo menos 1 mes.
“Sustitúyase el artículo 25 inciso b) de la ley 27.279, por el siguiente texto: b) Multa pecuniaria entre uno (1) y mil quinientos (1.500) sueldos básicos de la categoría inicial de la Administración Pública Nacional.Cuando la infracción este dentro de las enunciadas en los artículos 8º, 9º y 23, la multa pecuniaria será entre ciento cincuenta (150) y cinco mil (5.000) sueldos básicos de la categoría inicial de la Administración Pública Nacional.”, es el breve articulado del proyecto.
Ver ¡Al fin! Se reglamentó la ley sobre la gestión de envases vacíos de fitosanitarios
Al respecto, Torello explicó que su iniciativa “busca retomar un debate que quedó pendiente desde que la Cámara de Diputados sancionó en septiembre de 2016 la ley 27.279”. En aquel momento, recordó, “varios diputados expresaron su preocupación y diferencias con respecto a las sanciones. En el momento se priorizó avanzar para consolidar el trabajo realizado y se generó el compromiso de trabajar para revisar este tema”.
“En términos globales, lo que se busca es modificar las multas establecidas en el artículo 25 de la ley, pretendiendo que sean más razonables con respecto al hecho a sancionar y coherentes con las multas establecidas en otras leyes ambientales. Para ello, se modifica el mínimo y máximo de las multas, de modo de poder adaptar esta sanción a las diferentes realidades de la cadena productiva y no cometer un exceso”, añadió el legislador.
Según datos difundidos por el Ministerio de Agroindustria, en Argentina se consumían en 2016 unos 17 millones de envases de agroquímicos al año, lo que implicaba 13.000 toneladas de plástico, de las cuales solo se recogían un 35%.