Hay dos noticias aquí, un domingo a la noche, esperando otra semana intensa en materia de política agropecuaria en la Argentina.
La primera noticia es que el secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, Fernando Vilella, sigue empecinado en rebautizar a su área como “Secretaría de Bioeconomía”, aún antes de que se dicten y publiquen las reglamentaciones pertinentes en el Boletín Oficial. Finalmente, como buenos adelantados a la historia, en ese sector del gobierno inauguraron un nuevo logotipo para encabezar los comunicados oficiales.
La nueva identificación de la cartera agropecuaria no parece muy creativa, pero como “no hay plata” seguramente nadie pudo contratar a un diseñador gráfico.
La segunda noticia es la que contiene la gacetilla de prensa dominguera.
Como en la Secretaría de Agricultura no pueden salir a festejar abiertamente que se haya caído el capítulo fiscal con que su jefe, el ministro Luis Caputo, pretendía aplicar una masiva suba de retenciones a los productos del campo, prefieren hablar entonces de los temas que quedan en pie dentro de la ley ómnibus enviada por el Presidente Javier Milei y que involucran al sector agropecuario.
La novedad es que en el gobierno han introducido un artículo adicional a lo que quedó de la “Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, que es algo que no sucedió el 25 de mayo de 1810 como creíamos hasta ahora, ni tampoco el 9 de julio de 1816, sino que parece estar sucediendo ahora mismo. La libertad está a la vuelta de la esquina, previa votación en el Congreso.
¿Y qué quedó en pie? Muchas cosas, pero entre ellas otro punto de conflicto es que la ley de Milei propicia una legislación más restrictiva para el mercado de las semillas, que impida el aquelarre actual, donde se venden pequeños porcentajes de semilla fiscalizada, sobre todo en trigo y soja, dos cultivos donde la semilla puede guardarse para sembrar al año próximo.
Estamos hablando del artículo 210 de la ley libertaria.
“El artículo 210 establece la adhesión a UPOV Acta 1991. Además, en el artículo 210 bis establece la aceptación de la facultad del uso propio por parte de los agricultores”, informa la cartera agropecuaria, que por ahora nosotros seguiremos llamando Agricultura, hasta que se formalice una nueva denominación.
En el proyecto original de la Ley ómnibus solo había un artículo, que definía secamente la adhesión de Argentina a la UPOV 91, que es un convenio internacional que defiende los derechos de los obtentores de semillas. Era un solo artículo, tajante, que pretendía meter por la ventana esa adhesión a un convenio internacional que, según coindicen todos los especialistas, pone límites al abuso del uso propio en semillas.
El uso propio es la posibilidad que tiene el agricultor de guardar parte de su cosecha para usarla como semillas el año entrante. Es un derecho milenario, pero que muchas veces degenera -y en el caso argentino parece ser así- en un comercio ilegal de semillas que atenta contra los ingresos de los semilleros que desarrollan nuevas tecnologías. Como se trata de semillas, de plantas, de vida, no se puede patentar, por lo cual aquí no corren las leyes de propiedad intelectual sino una ley de semillas. La vigente viene de 1973.
Para que finalmente ese capítulo sea aceptado por las entidades de la Mesa de Enlace (tres de ellas menos Coninagro se manifestaron totalmente en contra de la adhesión a la UPOV 91), ahora se incorporó a la ley un nuevo artículo suavizante. En el idioma de la calle, le pusieron vaselina.
Vamos a la explicación oficial.
Por un lado, el comunicado de “Bioeconomía” acepta que adherir a la UPOV 91 significará poner algún tipo de límites al uso propio y no como sucede hasta ahora. Es decir, que no se trata de un artículo inocuo sino que tendrá efectos prácticos sobre el mercado de semillas y habilitará que las empresas del rubro cobren regalías a los productores en ciertos casos. O que por lo menos, tengan más armas para hacer valer sus derechos.
¿En qué casos? Es lo que se habilita a discutir ahora con el artículo Bis que se incorporó al dictamen. Queda claro que el gobierno aceptó introducirlo para vencer la resistencia de ruralistas y algunos legisladores cercanos al campo.
“El sistema de la UPOV fue creado para la protección de variedades vegetales. Adherir al ACTA 1991 protege la propiedad intelectual de los obtentores públicos y privados, genera ingresos para continuar invirtiendo en nuevas variedades y garantiza el uso propio por parte de los agricultores. Antes de su reglamentación, toda la cadena (incluido productores) van a consensuar los criterios de excepción al pago de uso propio”, prometió Vilella en el comunicado.
Luego va más allá y promete que el gobierno va a consensuar con toda la cadena agrícola “quienes no tendrán que pagar por la tecnología de acuerdo a volumen de producción, hectáreas producidas, categorías impositivas, u otros posibles criterios”.
Creer o reventar. El gobierno -cuando Agricultura era Agricultura solamente- ya intentó repetidas veces reglamentar sobre este asunto -incluso en consenso con todos los actores- y fracasó estrepitosamente. La Ley de Semillas vigente desde 1973 nunca pudo ser reformada.
Ahora, en el capítulo vaselina, Agricultura aclaró que “es importante mencionar que la adhesión a UPOV 1991 modificará solo el Capítulo V de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas (Ley 20.247)”.
Y promete, a viva voz, que “mediante decreto reglamentario de la Presidencia se establecerán los criterios para las excepciones al pago por el uso propio”.
“De esta manera, quedará claramente establecido que el uso propio es legal y oneroso para determinados actores; y en la reglamentación quedarán establecidos los agricultores excluidos del pago por uso propio”, abundó, reconociendo que finalmente se intentará poner algún límite sobre ese derecho milenario.
“A modo de ejemplo: se podrá tomar de base para el análisis la experiencia de criterios utilizados por otros países, tales como la cantidad de hectáreas de producción; el volumen de producción; la categorización ante la AFIP; las sucesivas reproducciones; entre otros”, amplió la gacetilla de la Secretaría.
En Uruguay, con UPOV-78, la industria semillera es próspera y no se queja ¿Cómo hacen?
Curioso el “operativo vaselina”, porque ahora (después de sancionada la Ley ómnibus), y no antes, promete Vilella convocar a todos los sectores involucrados a discutir sobre el tema. Eso sí, con la adhesión a la UPOV 91 ya aprobada.
“Previo a la redacción del decreto reglamentario, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (sic) convocará a los distintos sectores de la cadena agropecuaria con el objetivo de llegar a consensos en los distintos temas a reglamentar”, dice el comunicado de Bioeconomía (sic, nos están volviendo locos).
Y va más allá todavía: “Esto significa que el sector de los obtentores NO (en mayúscula) reglamenta ni establece los criterios de interpretación, ni tampoco los alcances del derecho. Al ser los titulares de la propiedad intelectual son quienes pueden ejercer el mismo, pero de acuerdo a los criterios establecidos en la reglamentación”.
Qué suerte que aclare el organismo que no será un sector de la discusión el que ponga las reglas de juego.
Para suavizar todavía más el asunto, y finalmente en aras de permitir que los que desarrollan nuevas semillas cobren una regalía que los incentive a repetir las investigaciones, Agricultura aseguró que, “por primera vez en 20 años”, se está conformando el Directorio del INASE (Instituto Nacional de Semillas) con la participación de todos los sectores.
También destacó que “el INASE establecerá resoluciones que permitan la aplicación de los criterios establecidos en el decreto reglamentario” y que deberán ser previamente aprobadas por la Comisión Nacional de Semillas, donde también habrá presencia de todos los actores.
“Resulta fundamental recalcar que, las semillas nativas y criollas que no tienen propiedad intelectual (ya que no son variedades sino poblaciones que mantienen heterogeneidad) no se encuentran dentro del alcance de UPOV 91, por lo cual son de uso libre para todos los agricultores. Lo mismo ocurre para las variedades que ya se encuentran en el dominio público”, se explayó el comunicado dominguero.
Creer o reventar. Bioeconomía o Agricultura.
“Resulta fundamental recalcar que, las semillas nativas y criollas que no tienen propiedad intelectual (ya que no son variedades sino poblaciones que mantienen heterogeneidad) no se encuentran dentro del alcance de UPOV 91, por lo cual son de uso libre para todos los agricultores. Lo mismo ocurre para las variedades que ya se encuentran en el dominio público”, se explayó el comunicado dominguero.
…..lo que NO se está diciendo, es que UPOV 91, como las semillas nativas y criollas no tienen propiedad intelectual, habilita a realizar patentes sobre ellas, lo cual por supuesto, es una entrega total de todos los recursos fitogenéticos de nuestro país. Ni hablar de lo que esto significa en materia de pérdida de soberanía alimentaria….Por algo hace años que se discute la ley de semillas y no se llega a un acuerdo. Discutamos la ley de semillas, pero sin Adherir a UPOV 91.
Que pretenden del logo???? Tampoco es la gran cosa el de bichos….
La referencia a la “vaselina” es muy grafica sobre como nos van a introducir el UPOV91!!!