Gran ejemplo de cómo funciona la burocracia, sobre todo cuando el Estado es el que tiene que ceder algo en vez de recaudar.
La Ley 27.569 fue sancionada por el Congreso a fines de octubre de 2020, es decir hace unos diez meses. Disponía la prórroga por 365 días de la emergencia económica del sector citrícola de varias provincias, que había sido declarada por otra ley previa.
Recién en mayo de 2021 el Poder Ejecutivo emitió el decreto reglamentario de esa nueva ley. Habían pasado siete meses.
Con una visible demora, el Gobierno extendió la emergencia económica para la actividad citrícola
Y finalmente este viernes la AFIP, que debía instrumentar algunos beneficios adicionales previstos en esta emergencia económica, dictó la Resolución 5030/2021, que lanza una moratoria para el sector, una de las medidas previstas en la ley.
El año de prórroga de la emergencia casi está por concluir, y el organismo tributario finalmente dispuso que “corresponde reglamentar los diferentes regímenes de facilidades de pago para la cancelación de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, en línea con la extensión de la emergencia dispuesta”.
Vamos Argentina.
En concreto, la AFIP habilitó un plan de pagos de hasta 90 cuotas para productores, empacadores, comercializadores e industrializadores de la cadena de cítricos de las provincias de Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Jujuy, Salta, Buenos Aires, Tucumán y Catamarca.
Los distintos actores de la cadena citrícola podrán cancelar las obligaciones vencidas al 19 de junio de 2021, incluyendo deudas impositivas y de la seguridad social, entre otros tributos. El plan de facilidades de pago permitirá abonar hasta en 90 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con una tasa de financiamiento efectiva mensual del 1%.
La instrumentación del plan de pagos por parte de la AFIP se realiza en el marco de la emergencia económica, productiva, financiera y social para la cadena de cítricos dispuesta inicialmente por la ley 27.507 de junio de 2019.