Las autoridades de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) actualizaron el procedimiento para solicitar la acreditación o devolución anticipada del impuesto al valor agregado en emprendimientos biotecnológicos.
El régimen, establecido por Ley Nº 26.270 y reglamentado por el decreto 50/2018, permite que las empresas biotecnológicas puedan realizar una amortización acelerada en el impuesto a las Ganancias por los bienes de capital, equipos especiales y elementos adquiridos con destino al proyecto promovido, además de la devolución anticipada del impuesto al valor agregado correspondiente a la adquisición de los mismos.
Para aplicar tales beneficios los responsables deberán presentar, en caso de corresponder, una garantía a favor de la Afip por el beneficio fiscal otorgado de conformidad con lo reglamentado en las bases y condiciones de la convocatoria.
Para constituir la garantía en forma electrónica se deberán observar las formalidades y demás condiciones que se establecen en la resolución 3885 de la Afip y sus modificatorias y complementarias. Esa garantía –según indica la resolución 4934/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial– será devuelta transcurridos los 90 días contados a partir de la fecha de notificación del cumplimiento del proyecto por parte del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación.
La norma indica que las empresas podrán aplicar el beneficio de amortización acelerada en el impuesto a las Ganancias y/o solicitar la acreditación del IVA contra otros impuestos nacionales o bien la devolución del mismo, una vez que el Ministerio de Desarrollo Productivo notifique a la Afip la aprobación de los beneficios y el detalle de los comprobantes generadores de crédito fiscal controlados en el marco de su competencia.
Cumplida esa instancia, por el beneficio aprobado correspondiente al año 2020 y siguientes, los responsables podrán efectuar la solicitud de acreditación y/o devolución del IVA mediante la utilización del servicio denominado “SIR – Sistema Integral de Recuperos”, disponible en el sitio “web” de la Afip.