En 2019 las entonces autoridades del Senasa implementaron una nueva estrategia nacional para el control y erradicación de la brucelosis bovina por medio de la cual se determinó que todos los establecimientos del país con actividad reproductiva (cría, tambo y cabaña) deben realizar un diagnóstico serológico de la totalidad de los animales susceptibles por medio de un veterinario acreditado. El plazo para el cumplimiento de esa exigencia vence el 3 de abril de 2021.
Con la nueva administración presente en el organismo sanitario –y una pandemia de por medio– ahora se abrió una consulta pública para debatir un proyecto de flexibilización de tal exigencia.
Las nuevas autoridades del Senasa proponen que la modalidad siga siendo obligatoria para cabañas y tambos, pero que sea más flexible para rodeos de cría y ciclo completo.
Por otra parte, se propone que la fecha límite para presentar diagnóstico serológico se extienda hasta el 31 de julio de 2021 el diagnóstico serológico para establecimientos de más de 300 vacas, mientras que la fecha máxima para aquellos que tengan menos de 300 vacas sería del 30 de noviembre de 2021.
En el caso de los establecimientos de pequeños productores (familiares o de subsistencia), la propuesta del Senasa “insta a formalizar convenios de asistencia operativa entre el Senasa, gobiernos provinciales, colegios veterinarios y/o cualquier otra entidad pública o privada, sin perjuicio de lo cual es responsabilidad de cada productor efectuar la presentación ante el Senasa” del respectivo diagnóstico serológico.
“Vencido el plazo establecido en la presente resolución para la determinación del estatus sanitario, el Senasa aplicará las restricciones sanitarias en los movimientos de aquellos establecimientos que no hayan presentado los resultados diagnósticos correspondientes, así como cualquier otro tipo de sanción que corresponda al incumplimiento”, señala la norma que propone el organismo sanitario.
La norma en estudio también indica que los establecimientos cuya Determinación Obligatoria del Estatus Sanitario (DOES Total) resulte negativa en su totalidad o bien aquellos que hayan alcanzado la condición de “Libre” luego de eliminar la enfermedad del rodeo, serán categorizados con el estatus de “Establecimiento Libre de Brucelosis Bovina”.
La condición sanitaria de estatus de “Establecimiento Libre de Brucelosis Bovina” acreditada antes de la puesta en vigencia de la nueva resolución será considerada válida hasta la fecha de su vencimiento. Cumplido ese plazo, se debe proceder según lo dispuesto por la nueva norma.
El período de consulta pública sobre la nueva norma se extiende hasta el próximo 15 de enero de 2021 a las 17:00 hsoras inclusive. Las opiniones sobre este proyecto deben estar fundadas en razones técnicas, ser claras, pertinentes y, en la medida de lo posible, breves. Enviar la contribución a consultapublica406@senasa.gob.ar
El texto completo de la propuesta puede verse aquí.