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En Jujuy hay preocupación por los cambios propuestos a la Ley de Glaciares: “Son una de las fuentes más importantes de agua en la región andina”, alertan los especialistas

Bichos de campo por Bichos de campo
7 marzo, 2026

Voces intranquilas se alzan desde la provincia de Jujuy ante la posibilidad de que la Cámara de Diputados dictamine las reformas en la Ley de Preservación de los Glaciares (la 26.639/2010), en una sesión pospuesta para mediados de marzo.

Una de esas voces es la del Instituto de Ecorregiones Andinas (Inecoa, del Conicet y la UNJu). En un comunicado sostiene que aquella ley fue un hito en las políticas ambientales reconociendo a estos sitios como reservas estratégicas de recursos hídricos. Explican además que, desde la sanción de esta ley, se promovió la identificación, relevamiento y protección de estos ecosistemas naturales a través del Inventario Nacional de Glaciares, a cargo del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA-Conicet), organismo referencia internacional en la materia.

Manuel Jaramillo, especialista de Vida Silvestre, nos explicó por qué el agro debería preocuparse un poco más por el proyecto oficial para modificar la Ley de Glaciares

Cierto es que Jujuy no es una de las provincias con mayor presencia de glaciares y crioformas (geoforma periglacial) de Argentina. Se relevaron en este territorio 255 sitios que ocupan una superficie engarzada de 9,53 kilómetros cuadrados. Según el relevamiento del IANIGLA, en provincias como Jujuy existen mayormente glaciares de escombros o de roca en altitudes superiores a los 4000 metros sobre el nivel del mar, como en los del Nevado del Chañi, el Aguilar y otras altas serranías. Los glaciares de escombros que están activos se pueden desplazar y tienen flujo por gravedad. Los que están inactivos son una mezcla de roca y hielo que se mantienen en equilibrio. Cuando ya no tienen hielo en su interior se los llama glaciares fósiles.

Del total provincial, 167 se ubican en la cuenca de San Francisco, pero, en otras cuencas como la de Olaroz y Cauchari, aparecen en menor número.

La comparación de la cantidad y diversidad de crioformas existentes en Jujuy en relación con las de los paisajes altoandinos de San Juan y Mendoza puede resultar inconducente o engañosa, ya que su importancia no radica en el número y tipo de estas geoformas, sino en la función particular que cumplen para cada territorio.

Guadalupe Maro es doctora en Ciencias Geológicas, docente de la UNJu, investigadora del Conicet y miembro del Consejo Directivo del INECOA. “La posible y casi inminente reforma de la Ley de Glaciares reviste de gravedad por el impacto que pueden conllevar estos cambios en cada uno de los territorios”, advirtió.

Y explicó: “Los glaciares y los ambientes periglaciares son una de las fuentes más importantes de agua en la región andina que, en muchos casos, nutre también las tierras bajas. En la zona de Cuyo, por ejemplo, existen muchos glaciares y glaciares de roca. De allí nacen numerosos ríos de caudal importante que terminan siendo una fuente de agua para el consumo de las poblaciones, para la generación de energía hidroeléctrica, para las actividades agropecuarias en zonas áridas donde el recurso escasea”.

“En regiones como la Puna de Jujuy predominan los glaciares de roca, los cuales representan una reserva de agua vital en una región de alto estrés hídrico. Cualquier modificación de magnitud en ambientes como los mencionados sería muy problemática”, alertó además Maro.

El comunicado señala que los cambios en esta ley modifican el objeto central de conservación limitándose únicamente a aquellas que “cumplan funciones hídricas relevantes”, siendo las provincias las que deban dirimir sobre qué áreas puedan desafectarse de la protección, algo que viene siendo competencia del IANIGLA, desde donde se comparten criterios comunes para todo el territorio argentino.

Con los cambios en esta legislación se abren las posibilidades para establecer el desarrollo minero y otras actividades en estos sitios. Sobre esto opinó Maro que “hay empresas mineras que ya hicieron sus exploraciones y saben qué área reviste de interés minero para la explotación, especialmente en la región de Cuyo, donde hay importantes yacimientos de cobre”.

La provincia de Jujuy, en particular, es una de las pocas que tiene su propia legislación (Ley 6218/2020). Esto que parece una situación destacada e innovadora ambientalmente, no lo es tanto. La ley provincial extiende la protección, como reservas estratégicas de recursos hídricos fundamentales para el consumo humano y la agricultura, como para la recarga de las cuencas hidrográficas y la protección de la biodiversidad, “a los glaciares descubiertos y cubiertos; y dentro del ambiente periglacial, a los glaciares de escombros activos”, dejando a los inactivos sin protección, siendo los que mayormente se encuentran en este territorio. Podría pensarse que la Ley Provincial ya era un reflejo de lo que se pretende alcanzar con las modificaciones de la Ley Nacional.

En la misma ley se impulsó la realización del inventario de glaciares de Jujuy, en un trabajo articulado entre el Instituto de Geología y Minería y la antigua Secretaría de Gestión Ambiental. El inventario local tuvo que ser consensuado y retrabajado con el IANIGLA para ser definitivamente incorporado al registro nacional.

Por otra parte, la presencia de más de 300 comunidades aborígenes registradas en el territorio jujeño, es otra particularidad provincial. Esta forma jurídica, respaldada por legislaciones nacionales e internacionales, obliga a que los gobiernos locales generen espacios efectivos de consulta y participación de las comunidades en las propuestas de intervención sobre los territorios donde se asientan.

Esto es algo que se reclama en las asambleas de Pueblos Originarios que se vienen realizando en muchos puntos de la provincia, requiriendo que se atienda a la Consulta Previa, Libre e Informada, como lo expresa el Convenio 169 de la OIT (ratificado por Argentina), antes de que se avance en Diputados, ya que las modificatorias de la ley afectarían los territorios de ocupación tradicional indígena.

Clemente Flores, productor ganadero de la localidad puneña de El Moreno y dirigente de la Cuenca de Salinas Grandes y Guayatayoc, sostiene que lois legisladores “deben cumplir con lo que dice la Constitución para defender los derechos del pueblo argentino, en este caso, vinculado con los glaciares. Tienen el deber cuidar el agua, la vida de todos los seres vivos, de la naturaleza, especialmente en la Puna, donde vivimos nosotros, y donde habitan especies emblemáticas como la vicuña. Todos estaremos más desprotegidos si se aprueba esta ley”. A lo que suma “por favor, tengan y voten con conciencia”.

Tras la media sanción en el Senado, diputados de la oposición lograron postergar por un mes la votación de la Ley de Glaciares: Habrá dos audiencias públicas

“Con muchos colegas sostenemos la necesidad de que haya un debate real entre los decisores y las comunidades, la sociedad en general, incluyendo al sistema científico que cuenta con tantos expertos en el tema. Se debe encarar la problemática con la profundidad y con el tiempo que merece, y no resolver de un día para el otro sin la información necesaria. Esa información existe y la comparte el IANIGLA, con su inventario elaborado por expertos en el tema. Es todo un equipo interdisciplinario que trabaja en estos ambientes con muchos años de experiencia. Con el posible corrimiento del IANIGLA, la voz científica pierde fuerza a la hora de recomendar o definir lo que se puede o no hacer en estos territorios”, comentó Guadalupe, retomando la opinión.

Concluyó que “ninguna ley puede modificarse para dar menos protección ambiental al pueblo, como indica el Artículo 41 de nuestra Constitución, y eso es lo que puede pasar si se avanza con estas modificaciones a la Ley de Glaciares”.

Etiquetas: ambientalismoClemente FloresConicetGuadalupe MaroianiglaInstituto de Ecorregiones Andinas (Inecoa)jujuylegislaciónley de glaciares
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