El Juzgado Federal de Azul Nº1 resolvió dictar el sobreseimiento a todos los imputados en la causa conocida como “Sitio 0” que fue iniciada más de una década atrás por el fiscal José María Campagnoli.
La causa se inició en 2013 ante la sospecha de que a fines de diciembre de 2012 Roberto Florentino Porcaro había recibido una suma de dinero a cambio de adjudicar en forma directa a un consorcio de sociedades privadas la construcción de una terminal de granos por el valor de 60 millones de dólares y su explotación como concesionario por el termino de 35 años prorrogables por diez más.
La denuncia indicada que dicho presunto pago había sido realizado por intermedio de la firma Financial Net Sociedad de Bolsa desde la cuenta 695/1255 (abierta por Jorge Chueco y Néstor Marcelo Ramos en su rol de representantes de Helvetic Services Group), a una cuenta registrada a nombre de Jorge Florentino Porcaro y su esposa Patricia Sirvente.
Las adjudicatarias de la concesión –Alea y Cía, Lartirigoyen y Compañía, A&J Nari, Financial Net y E-Grain– construyeron, en ese marco, una terminal portuaria con una inversión superior a 100 millones de dólares que fue denominada Sitio 0 de Quequén S.A. Posteriormente se sumaron a la firma las filiales argentinas de CHS y Cofco.
Luego de varias idas y vueltas, Juzgado Federal de Azul Nº1 entendió que en el año 2012 el Consorcio de Gestión del Puerto Quequén sustanció un expediente administrativo en el que, un consorcio de empresas efectuó una propuesta para la construcción de una terminal portuaria en el denominado “Sitio 0” del Puerto Quequén.
En ese procedimiento, según consta en el expediente, “se ofrecieron garantías de mantenimiento y se dio intervención a las áreas técnicas de asesoramiento del Consorcio, las que dictaminaron su viabilidad ambiental, técnica, jurídica, económica, técnica y seguridad”.
También se indica que la contratación directa “se efectivizó previa intervención de todas las áreas profesionales y de asesoramiento pertinentes” y que la misma se materializó mediante un mecanismo regulado y habilitado por la normativa vigente.
Por tal motivo, se procedió a dictar el sobreseimiento a todos los imputados en la causa: José Luis de Gregorio, Ignacio Rueda, José Brisighelli, Jorhe Omar Infrincuilli, Tomás Manuel Martínez, Carlos Claudio Gabriel Sajarne, Jorge Omar Gorelik, Ignacio Lartirigoyen, Carlos Honorio Mocorrea, Juan Antonio Nari, Elsira Ángela Trevisiol, Marcos Andrés Hermansson, Alejandro Juan Nari, Horacio Norberto Da Cuña, Marcelo Agustín Baqué, Paulino Javier Seoane, Miguel Guido Arndt, Gabriel Luis Casullo, Roberto Florentino Porcaro y Adalberto Leo Thomas.
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