Para el mercado todo tiene valor, especialmente los desperdicios o la chatarra de la que viven miles de personas en el país.
Hasta ahora la política argentina impedía la exportación de la chatarra no ferrosa, especialmente de algunos metales de alto valor, porque de ese modo favorecía su reutilización por parte de las industrias locales. Fue un decreto de Cristina Kirchner en 2009 el que inauguró una larga saga de normativas que impedía ese negocio (la exportación de bronce reciclado, por ejemplo), argumentando que esa chatarra era necesaria para la industria nacional.
Desde mayo 2007, el gobierno aplicaba incluso retenciones y derechos de exportación a esos desechos, como si fueran productos del agro. Pero a partir de enero de 2009 directamente suspendió las exportaciones.
Ahora el gobierno de Javier Milei ha decidido eliminar por completo estas limitaciones al comercio de chatarra, interrumpiendo la publicación en el Boletín Oficial de una larga cadena de normas que fue prorrogando esa veta exportadora, y que sobrevivió a los diferentes gobiernos.
“El presidente Milei ha dicho en reiteradas oportunidades que el poder del Estado no se debe usar para redistribuir arbitrariamente ingresos entre los actores de un mercado. Por ello ayer decidimos no renovar los alcances de los decretos 1040/20 y 70/23, por el cual se había prohibido la exportación de desechos metales y no ferrosos”, informó el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger en sus redes sociales.
Según esta mirada, la prohibición que sobrevivió tanto tiempo “era nociva por varios motivos. Primero, porque al deprimir el precio local de los desechos desincentivaba el reciclado. Pero era nociva, sobre todo, porque prohibía un sinfín de negocios de reciclado para amplísimos sectores de la economía (por dar un ejemplo, cables de cobre desechados por las telefónicas, que tienen un activo mercado para reciclado en el exterior no podían exportarse)”.
Según Sturzenegger, “en estos meses recibimos incontables mensajes de empresas cuyos negocios estaban vedados por esta prohibición. De esta manera esta norma beneficiaba a los procesadores de dicha chatarra, pero perjudicando a quienes la producían (típicamente empresas más pequeñas de reciclado), al tiempo que se perdían centenas de negocios de valorización de residuos”. Eso los convención de interrumpir la suspensión a las exportaciones.
“La exportación de residuos no peligrosos valorizados e insumos industriales valorizados no estará sujeta a prohibiciones y debe ajustarse al cumplimiento del Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación”, dice el primer decreto firmado por Milei en 2025.
Pero la saga libertadora no termina allí. El decreto 1/2025 establece además “los lineamientos para la importación definitiva o temporaria al territorio nacional, incluidos sus espacios aéreos y marítimos, y para la exportación, de residuos no peligrosos que hayan sido sometidos a una operación de valorización, a partir de la cual se obtengan materiales que serán utilizados como insumo para un proceso productivo determinado, o un producto de uso directo”.
En la Argentina, el tratamiento de los residuos peligrosos se legisló por Ley 24.051 de 1991. Allí se definió qué eran y se estableció el procedimiento para su identificación. En el artículo 3° además se prohibió la importación, introducción y transporte de todo tipo de residuos provenientes de otros países al territorio nacional y sus espacios aéreo y marítimo, poniendo énfasis en los residuos de origen nuclear.
La lista de “residuos peligrosos” prohibidos en la Argentina es muy extensa: incluye desde desechos clínicos resultantes de la atención médica o la preparación de productos farmacéuticos; desechos de la utilización de fitosanitarios o productos químicos; o que contengan cianuros, o de aceites minerales, residuos alquitranados, o sustancias químicas de desecho y hasta desechos de carácter explosivo.
Los “residuos no peligrosos”, en tanto, fueron reglamentados en el Decreto 831/93, que determinó “quedan comprendidos en la prohibición” de importación “aquellos residuos no peligrosos valorizados que no sean acompañados de un Certificado de Inocuidad Sanitario y Ambiental o un Certificado de No Peligrosidad”.
Ahora se actualiza toda esa normativa, eliminando la prohibición de exportar y generando un régimen que propicie la importación en los casos en los que haga falta. “Una importante gama de industrias argentinas requieren del libre acceso, en forma ágil y sin restricciones administrativas, a residuos no peligrosos valorizados -siempre que cumplan con las normas internas en lo que hace a su composición, estado, humedad, limpieza/suciedad, empaque y otros-, que en gran parte de los casos están estandarizados, tanto a nivel internacional como en el país”, se explicó en el decreto.
La decisión se basó en el argumento de que muchas industrias que reutilizan esos residuos no encuentran oferta local. En 2023 se creó el Sistema de Información para la Economía Circular (SIEC), con el fin de ser consultado como instancia previa a la importación. “De acuerdo a los datos obrantes en dicho sistema, al día 11 de marzo de 2024, se registraron consultas respecto a la disponibilidad de materiales por un total de 77.435 toneladas, de las cuales solo el 3,97% contó con oferta local disponible”, explicó el gobierno.