El gobierno nacional declaró hoy el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1 de diciembre de 2020 al 31 de marzo de 2022 para las explotaciones agrícolas afectadas por heladas de los siguiente distritos:
Los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad provincial en el que conste que sus predios se encuentran comprendidos en la emergencia, para que luego el gobierno de Mendoza remita al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación el listado de los mismos.
Las autoridades de Mendoza habían declarado la emergencia, por medio del decreto provincial Nº 1323, el 11 de noviembre pasado, situación que posteriormente fue validada por la Comisión Nacional de Emergencia y Desastres Agropecuarios.
Entre los beneficios comprendidos en la Ley de Emergencia Agropecuaria (N° 26.509) se incluye la posibilidad de deducir en el balance impositivo del impuesto a las ganancias el 100% de los beneficios derivados de las ventas forzosas de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina generadas por la situación de emergencia. Esa deducción deberá computarse en los ejercicios fiscales en que las ventas hubieran tenido lugar.