Finalmente, tal como anticipó Bichos de Campo, el ministro de Economía Sergio instrumentará un anticipo extraordinario del impuesto a las Ganancias que afectará al sector agroindustrial.
Por medio de la resolución 5248/2022, publicada hoy martes en el Boletín Oficial, se estableció, supuestamente “por única vez”, un pago a cuenta de Ganancias del 15% al 25%, según el caso, a cargo de los compañías que cumplan alguno de los siguientes parámetros: contar con monto del impuesto de la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2021 o 2022, según corresponda, que sea igual o superior a 100 millones de pesos; o bien tener un resultado impositivo surgido de la declaración jurada que, sin aplicar la deducción de los quebrantos impositivos de ejercicios anteriores, sea igual o superior a 300 millones de pesos.
A los efectos de la aplicación del adelanto del adelanto de Ganancias (parece una joda, sí), las compañías alcanzadas deberán considerar la declaración jurada del impuesto correspondiente al período fiscal 2021 en el caso que el cierre de ejercicio hubiera operado entre agosto y diciembre de 2021, mientras que aquellas con cierres de ejercicio entre enero y julio de 2022 tendrán que considerar la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2022. No se habilita la posibilidad de emplear saldos a favor de libre disponibilidad para cancelar el adelanto.
En los fundamentos de la normativa no queda duda alguna de que el objetivo del impuesto extraordinario es el sector agroindustrial argentino, dado que señala “que a comienzos del corriente año la economía mundial se vio afectada como consecuencia del conflicto bélico en Europa Oriental, por un incremento general y extraordinario de los precios internacionales, en especial de los commodities, de los alimentos y de la energía”.
Y se remarca que “nuestro país, en tanto histórico exportador de algunos de los bienes que registraron aumentos extraordinarios en sus precios internacionales, resultó beneficiado con una mejora en los términos de intercambio”.
Por lo tanto, se considera que “a resultas de esta situación excepcional, actores económicos locales se han visto beneficiados al obtener ingresos extraordinarios por la comercialización de ciertos productos y servicios”. Y que “ante este tipo de coyunturas es necesario que el Estado tome un rol activo, generando instrumentos que permitan reducir los impactos negativos”.
En tal sentido, el gobierno nacional remarca que “considera oportuno establecer –por única vez– un pago a cuenta extraordinario del impuesto a las Ganancias que deberán ingresar determinados sujetos que, no solo han sido beneficiados por los efectos descriptos, sino que además manifiestan una elevada capacidad contributiva”.
Tal como explicamos en reiteradas oportunidades en Bichos de Campo, el proyecto para gravar la supuesta “renta inesperada”, ahora reconvertido en un anticipo extraordinario del impuesto a las Ganancias, deberá ser abonado por las grandes compañías agroindustriales que son las compradoras de casi la totalidad de las cosechas argentinas, con lo cual el nuevo tributo terminará indefectiblemente impactando en el sistema de formación de precios agrícolas.
En otra palabras: se tratará del cuarto factor “desacoplador” de precios agrícolas, dado que a la fecha los tres vigentes son los derechos de exportación, retenciones “cambiarias” y retenciones “encubiertas” (fideicomisos).
Estaría de acuerdo en aceptar un pago especial sobre ganancias inesperadas, provocadas por razones extraordinarias de mercado o climaticas, siempre que se reconocieran resarcimientos especiales ante las mismas contingencias cuando son desfavorables. Sería pedir mucho?. .