Aunque la Provincia de Buenos Aires, la jurisdicción productiva más amplia de todas las que conforman la Argentina, contaba desde hace 10 años con una norma que instauró la receta agronómica obligatoria antes de la aplicación de un agroquímico en cualquier campo, el gobierno local aceptó que hay una “baja adopción” por parte de los productores de esa herramienta. En ese marco, este lunes puso en marcha un nuevo Sistema de Gestión Integral de la Receta Agronómica Obligatoria (SIGIRAO), que obliga a subir esos documentos, con información adicional sobre cada caso, en una web oficial.
Esa decisión está contenida en la Resolución 567/2025 del Ministerio de Desarrollo Agrario de Buenos Aires, con la firma de su titular Javier Rodríguez, que ya había anticipado esta medida la semana pasada. Allí, de entrada, se decidió sustituir parte de la Resolución 161 de 2014, que había definido que era obligatorio que antes de cada aplicación de agroquímicos se precisaba una “receta agronómica” expedida por un profesional de las ciencias agronómicas, tal como sucede con un médico y un medicamente de uso humano.
Ahora, el nuevo texto legal estableció que se creará el Sistema de Gestión Integral de la Receta Agronómica Obligatoria (SIGIRAO) para el uso y aplicación de agroquímicos en el territorio de la provincia de Buenos Aires”, y a renglón seguido explica que se considera este sistema como un “conjunto de actos concatenados generados a través de una plataforma digital, por los cuales adquiere trazabilidad el uso y aplicación de los agroquímicos”.
Es decir que la receta agronómica creada en 2014 sigue teniendo plena vigencia. Se entiende como tal “la prescripción para la adquisición del producto agroquímico o su alternativo de compra (A Remito), realizada por parte del profesional interviniente registrado ante el Ministerio de Desarrollo Agrario para tal fin o en su rol de asesor, director técnico de la expendedora”.
Esa receta, a partir de ahora, deberá contener detalles sobre “el diagnóstico, la prescripción y la forma de aplicación del producto al cultivo realizada por parte del profesional interviniente registrado”, así como incluir la confección de un Acta de Condiciones Técnicas de Trabajo por parte del Operario o contratista a cargo de la aplicación de dicha receta en cada lote agrícola.
Lo novedoso es que a partir de esta resolución se establece “la utilización obligatoria del SIGIRAO, para la adquisición y aplicación de agroquímicos en la provincia de Buenos Aires”.

Los profesionales que extiendan recetas agronómicas o las empresas que sean proveedoras de esos agroquímicos deberán ingresar todos los datos de cada aplicación en la web (https://mi.mda.gba.gob.ar/sigirao) o en la aplicación SIGIRAO (https://mi.mda.gba.gob.ar) dentro de un periodo de 30 días para los establecimiento expendedores de agroquímicos y de 120 días para el resto de los actores que intervengan en el proceso.
“Una vez operados dichos plazos, el incumplimiento de la utilización del SIGIRAO será pasible del juzgamiento y sanciones previstos en el artículo 13 de la Ley 10.699”, advirtió la nueva normativa provincial.
En el artículo 4° de la resolución publicada ahora se decide “establecer el uso del remito como alternativa a la Receta Agronómica de adquisición, en adelante “A Remito” para aquellos establecimientos que expendan agroquímicos en la provincia de Buenos Aires”. Ese remito podrá tomarse “como sustituto de la Receta Agronómica de adquisición” pero solo “siempre que el mismo sea comunicado a través del SIGIRAO”.
La norma crea además el “Visualizador Web de Ordenamiento Ambiental Territorial”, donde los operadores podrán consultar sobre las “restricciones de uso y aplicación de agroquímicos” vigentes en todo el territorio provincial y dispuestos por las autoridades provinciales o municipales. También aquí habrá dos opciones de acceso, ya sea por internet o por la aplicación.
“El Visualizador aprobado es la aplicación web que permite, a partir de herramientas de navegación y visualización, desplegar información geográfica especificada a partir de capas que delimitan sobre mapas las restricciones al uso y aplicación de agroquímicos junto con aquellos receptores sensibles a proteger”, como cursos de agua o establecimientos educativos, aclara la normativa.
Es decir que “la información incorporada en el Visualizador y su representación georreferenciada sobre mapas, se encontrará disponible en el SIGIRAO al momento de confeccionar la Receta Agronómica de aplicación y al consultar las generadas, con el fin de mostrar las restricciones, receptores a proteger y distancias cuando se evalúa la forma de llevar adelante las aplicaciones, se prescriben los tratamientos terapéuticos, o se controla las vigentes sobre el o los lotes tratados”, explica la nueva norma.
En la nueva disposición se aprueba además un “protocolo de denuncias ante aplicaciones indebidas de agroquímicos”.
Esta es la resolución completa:
RS-2025-41517140-GDEBA-MDAGP (1) (1)
La nueva resolución firmada por el ministro Rodríguez, según dice en sus considerandos, surgió del Observatorio Técnico de Agroquímicos, creado ya por la gestión de Axel Kicillof hace varios años, “con el objetivo de convocar al sector técnico-científico y contar con sus aportes de investigación como base para la generación de políticas públicas”.
Desde ese Observatorio Técnico de Agroquímicos se elaboraron cuatro (4) documentos: Uso y Aplicación de Agroquímicos; Agroquímicos y Salud Humana; “Impacto de los Agroquímicos en el Ambiente” y “Aspectos Sociales del Uso y Aplicación de Agroquímicos”; que ya se encuentran disponibles en la
página web del Ministerio de Desarrollo Agrario y fueron la base para estas decisiones.
“Tales documentos sustentan y dan cuenta de la necesidad de implementar un Sistema de Gestión Integral de la Receta Agronómica Obligatoria que permita tener información cierta, pertinente y articulada sobre la totalidad de la cadena vinculada al uso y aplicación de agroquímicos, desde su adquisición hasta su efectiva aplicación”, dice la normativa.

De esos documentos surge que “la receta agronómica en la actualidad incorpora como única restricción la tipología de productos que se pueden utilizar, sin precisión alguna sobre los efectivamente aplicados y las condiciones ambientales en las que fueron empleados”.
Por eso se consideró necesario dar esta vuelta de tuerca. “Adicionalmente a la necesidad de ampliación de sus alcances para fortalecer los mecanismos de control vigentes, existe una limitación clara para la elaboración de estadísticas de uso por la baja adopción de ambas herramientas por los productores en la provincia de Buenos Aires”, reconoce el gobierno bonaerense.
En 2014, la Resolución 161 había aprobado la implementación de la Receta Agronómica Obligatoria Digital, que fue puesta recientemente bajo revisión de dicho Observatorio. De allí surgió que era necesario incorporar “nuevas tecnologías que permitan agilizar y hacer más eficiente su utilización en pos de lograr que las prescripciones resulten acordes a las necesidades de las aplicaciones”.
“En ese sentido deviene necesario para el fortalecimiento de los mecanismos de fiscalización provincial, en el marco de la Ley 10.699 y su Decreto reglamentario 499/91, contar con una receta acorde a las prácticas actuales, sumando en este nuevo sistema documentos de uso como el “A Remito” y el Acta de Condiciones Técnicas de Trabajo, lo cual permitirá obtener la trazabilidad del uso y aplicación de agroquímicos, de las condiciones ambientales y de los fundamentos que el/la profesional autorizado o autorizada prescriban para la terapéutica vegetal”, concluye la nueva resolución.
Ahora, con la implementación del SIGIRAO, el gobierno de Kicillof considera que podrá controlar mejor todo uso de agroquímicos dad o que “la recepción en línea de la adquisición y uso de productos en la provincia de Buenos Aires permitirá contar, a través de la carga tanto de la receta de adquisición como del A Remito, con datos estadísticos certeros que sirvan para evaluar junto al sector científico técnico la incidencia de su uso, el riesgo asociado, la regulación de sus máximos y la reducción gradual en función de los impactos en la biota, agua, suelo o aire, para evitar el riesgo en la salud humana”.
“Este sistema se le asocia la instancia final, que culmina con el Acta de Condiciones Técnicas de Trabajo, que permitirá recoger información de las condiciones ambientales de aplicación”, añade.





