Volvieron los “ROE rojos”. Pero ahora se llaman Declaraciones Juradas de Operaciones de Exportación de Carne (DJEC). Hoy sábado Luciano Zarich, el nuevo “comisario” del sector cárnico al frente de la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario, estableció el procedimiento para instrumentar el cepo comercial creado el mes pasado.
No hará falta esta vez –como sucedía durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner– completar planillas y planillas porque los datos a partir de los cuales trabajarán los agentes de Control Comercial Agropecuario provendrán de los registros del Sistema Malvina de la AFIP.
La cuestión es que, una vez ingresados al Ministerio de Agricultura los datos de la operación de comercio exterior del Sistema Malvina –cantidad, valor FOB, destino, etcétera–, esa información se transformará por arte de magia en un DJEC, el cual, según indica la disposición 59/2021, quedará en un estado “pendiente”.
Una vez realizada la evaluación de la DJEC por los agentes de Control Comercial Agropecuario, “de no mediar rechazo u observaciones, se la considerará aprobada de manera automática a las 19:00 horas del tercer día hábil de la fecha de oficialización” del DJEC. Es decir: como mínimo las DJEC permanecerán en suspenso durante tres días hábiles.
Sin embargo, la disposición 59 indica “cuando lo considere oportuno o a solicitud de la Secretaría de Comercio Interior”, se “podrá requerir documentación respaldatoria a los operadores y/o información adicional a los distintos organismos públicos”. O sea que pueden llegar a ser bastante más que tres días.
Y si los agentes descubren “inconsistencias insalvables en el proceso de evaluación”, la DJEC será rechazada. Pero la disposición 59 no especifica cuáles serían tales “inconsistencias”, con lo cual el mecanismo queda habilitado para tomar decisiones arbitrarias al respecto.
En aquellos casos donde los agentes detecten “inconsistencias, anomalías y/o discrepancias subsanables en la evaluación de la DJEC”, se podrá “requerir al operador información y/o documentación respaldatoria y/o complementaria a los fines de ser analizada para ser aprobada o rechazada definitivamente”. Un marco normativo por demás adecuado para garantizar la seguridad de las operaciones pactadas con clientes del exterior.
La disposición además indica que los exportadores de carnes comprendidos en la medida –vacuna, porcina, aviar y ovina– deberán ingresar al portal del Ministerio de Agricultura “para ver el estado de sus DJEC”. Cuando la DJEC sea aprobada, el sistema permitirá imprimir un certificado que deberá ser presentado ante la Dirección General de Aduanas para poder proseguir con el trámite de exportación.