Más allá de las discusiones sin resolver entre ganaderos, matarifes y frigoríficos dentro de la Mesa de las Carnes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el Ministerio de Agricultura decidieron avanzar en la aplicación efectiva del Remito Electrónico Cárnico (REC). Esta declaración obligatoria de todos los movimientos de carne hacia el mercado doméstico regirá finalmente a partir del 1° de septiembre. Se estableció además que solo se tolerará un 10% de incumplimientos antes de dar de baja a los operadores del RUCA.
El REC está en las gateras desde mayo de 2018 y no se aplicó por las discusiones internas que se produjeron entre los diferentes eslabones de la cadena cárnica. Pero finalmente este lunes la AFIP emitió la Resolución General 4566/2019, que puso fin a las dilaciones. “Las disposiciones establecidas en la presente resultarán de aplicación a partir del día 1 de septiembre de 2019”, dispuso esa normativa, haciendo referencia a la resolución original que estableció la creación del Remito Electrónico.
En una segunda norma, la Resolución General Conjunta 4567/2019, la misma AFIP y el Ministerio de Agricultura brindan otra señal certera de que ahora si se acabó la pausa impuesta sobre la aplicación del mencionado REC. Se establece aquí que “la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario (la ex ONCCA) podrá disponer la suspensión preventiva del operador en el RUCA (Registro Único de la Cadena Agroalimentaria)” de aquellas empresas que no emitan los remitos.
Las faltas que la AFIP informará a Agricultura para dar de baja la matrícula apuntan a controlar a las firmas que “hayan efectuado o encargado traslados de carne bovina, bubalina y/o porcina y subproductos de faena de su propiedad no habiendo emitido el correspondiente REC en forma recurrente”, y a las que hayan movido carne en el mercado doméstico “indicando un destinatario que no se corresponde con el real, en forma recurrente”.
El REC debería funcionar de la siguiente manera: un mayorista de carne, antes de realizar un envío, debe informar del mismo a la AFIP mediante una página web especial. Luego, el minorista que recibe la carne deberá cerrar el círculo declarando al mismo organismo que recibió efectivamente la mercadería. Con este trámite obligatorio, la AFIP tendrá control total del circuito cárnico y podrá detectar operaciones en las que el alimento sea vendido en negro, sin pagar impuestos como el IVA, que en este caso es del 10,5%. No hay cálculos oficiales, pero se estima que la evasión en carnes suma miles de millones de pesos.
“Se entenderán como recurrentes las situaciones señaladas cuando las mismas superen los 10 traslados o el 10% de los traslados de un mes calendario”, precisó la segunda resolución. Es decir, el margen de tolerancia para la exigencia del REC será mínimo.
La aplicación efectiva del REC (que iba a iniciarse en noviembre de 2018) se había demorado en varias ocasiones por pedido de la propia cadena y ante imperfecciones en el funcionamiento del sistema informático de la propia AFIP. Este punto ya estaría subsanado y ahora hay que ver qué sucede en la Mesa de las Carnes, donde en la última reunión se había pedido una nueva prórroga. El temor es que las nuevas exigencias, en vez de blanquear el universo de las operaciones, deriven en la conformación de un mercado marginal de carnes, donde se esquiven todos los controles.
En este sentido, la oposición más vehemente a la aplicación del REC surgió de los matarifes abastecedores que operan en el conurbano bonaerense, que argumentan que con el Remito la AFIP pretende que sean ellos quienes paguen los platos rotos por la falta de formalidad en el segmento de las carnicerías. El argumento es que muchos comercios minoristas se niegan a facturar por sus compras de carne. El REC justamente apunta a poner en evidencia ese mercado irregular.
Comentarios 1