El Ministerio de Agricultura estableció hoy nuevos requisitos para los exportadores de granos, carne vacuna lácteos, pero no está claro el universo de empresas que se verá alcanzado por estas exigencias, que van desde mostrar todos los datos bancarios de cada firma a presentar un plan de trabajo, detallando incluso a los clientes, con un año de anticipación. Lo único que deja en claro la Resolución 60/2021 es que estos controles adicionales serán para exportadores sin planta, como si ser intermediario o producir en instalaciones alquiladas a otro fuera desde el vamos motivo de sospechas.
En principio, de la consulta de Bichos de Campo con diferentes actores del negocio surge la casi plena certeza de que los más castigados por esta nueva medida del gobierno serán los grupos de productores, criadores o consignatarios que se han organizado para exportar carne, así como los matarifes que requieren el servicio de faena a una planta frigorífica. Es que son muy numerosos esos casos. En 2020 eran 319 las empresas habilitadas por el RUCA (Registro de la Cadena Agroalimentaria) para exportar carne, de los cuales 193 firmas no tenían planta propia.
En ese largo listado figuran, por ejemplo, las asociaciones de criadores de Angus, de Hereford y de otras razs bovinas, como incluso una firma especializada en el ganado japonés Wagyú. Hasta casas de remate como Etchevehere Rural SRL, perteneciente a la familia de luis MIguel Etchevehere, el ex ministro de Agroindustria del macrismo. Su hermano Juan Diego escribió: “Las últimas medidas del gobierno son un nuevo menoscabo al campo y sus libertades. Trabar nuestras ventas no es otra cosa que buscar llevarnos a la agonía”.
Las últimas medidas del gobierno son un nuevo menoscabo al campo y sus libertades. Trabar nuestras ventas no es otra cosa que buscar llevarnos a la agonía. Debemos analizar firmemente una medida de protesta clara. https://t.co/k8gqJmNCD6
— Juan Diego Etchevehere (@JEtchevehere) April 19, 2021
La resolución que impone nuevas exigencia a este tipo de sociedades, que gozan de todo el derecho constitucional de comerciar aunque sea con productos de terceros, estaba prevista inicialmente para el negocio de la carne vacuna. Pero sorpresivamente al publicarse la norma se extendió también al sector de granos y al sector de lácteos.
En el primer caso, el enorme territorio agrícola, el RUCA contabilizaba a la fecha un total de 857 matrículas de exportador granos. Aunque las empresas de ese listado que son dueñas de instalaciones portuarias y elevadores para exportar son mucho menos, apenas unas 20, aquí surgía el primer gris de la normativa, pues una mayoría de firmas de ese listado si cuenta con instalaciones para el acopio o el procesamiento de cereales y oleaginosas. Así las cosas, se dudaba si las nuevas exigencias correrían también para un acopio de pueblo que también está inscripto como “exportador”.
“La medida en principio afecta a empresas, cooperativas y corredores agrícolas registrados como exportadores que no cuentan con establecimientos propios, los cuales suelen hacer ventas externas esporádicas. De todas maneras, la resolución no es clara al respecto, porque no especifica qué incluye el concepto de “establecimiento propio”, dado que puede hacer referencia a industrias procesadoras, plantas de acopio o depósitos”, explicó una fuente.
En el caso de los lácteos, el universo de empresas anotadas como exportadoras es mucho más modesto. En 2020 el sector exportó productos por 1.164 millones de dólares desde un total de 95 empresa, pero la inmensa mayoría de los negocios (99,5%) se concentraron en 53 empresas que sí son dueñas de sus plantas de elaboración. El resto es el que podría sufrir algún inconveniente con las nuevas exigencias.
“En lácteos no sería un problema serio esta Resolución (siempre que no avancen más). Los 4,7 millones de dólares que quedan afuera son unas 45 empresas que exportaron muy poquito, y de los 4,7 millones, 3,1 se exportaron a Uruguay como leche cruda. Esta Resolución no debería hacer mucho daño al sector, pero está claro que están mostrando los dientes”, indicó un conocedor de ese negocio.
De todos modos, aparece un segundo gran agujero negro en la resolución firmada por Luis Basterra: no se establece si los nuevos requisitos se exigirán solamente a los operadores que se inscriban de aquí en adelante o si también correrán con cualquier todo de empresa que (en los tres rubros) debe acudir al RUCA para hacer su trámite de rematriculación todos los años.
En los considerandos de la Resolución, Agricultura dio por entendido que la exposición de cuentas, balances y el plan de negocios correrá para todos, los nuevos y los que se reinscriban. “Ante la imperiosa necesidad de alcanzar una más amplia formalización, transparencia y control de una actividad tan sensible como la exportación dentro de la matriz de producción agropecuaria nacional, se estima conveniente establecer nuevas exigencias, que serán requeridas a los fines de su inscripción y permanencia en el RUCA y la consecuente habilitación, para ejercer legalmente el comercio”, escribieron los funcionarios. La palabra “permanencia” resulta clave.
Luego añade: “Con vistas a alcanzar los objetivos propuestos se ha juzgado conveniente que los operadores inscriptos o interesados en registrarse en el RUCA, para desempeñarse en el mercado exportador, deberán informar para su evaluación, anualmente y acreditar de modo suficiente la sustentabilidad técnica, operativa y económica-financiera”. Una vez más, regirán las demandas adicionales para quien ya estuviera inscripto.
Pero la verdad es que la norma no establece con claridad esta cuestión, dejando un nuevo gris que habrá que subsanar de algún modo.
Pero la gran pregunta frente a esta nuevo requerimiento de información (alguna sensible, como los clientes de cada empresa en el exterior) es si realmente tenía sentido todo este embrollo leguleyo.
En ese sentido, la principal objeción la planteó Marcelo Rossi, un médico veterinario que hasta marzo pasado manejaba la Dirección Comercial de Control Comercial Agropecuario, que es el área de gobierno encargada de manejar el RUCA, y quien fue despedido de mal modo luego de varios años de reconstruir ese registro público de empresas alimentarias.
La Resolución 60 del día de hoy en el BO, no era necesaria. El estado cuenta a través de la AFIP, La Aduana, El Banco Central y el Ruca con los elementos para ejercer un riguroso control de la subfacturación y del ingreso de divisas que generan las exportaciones.
— Marcelo Rossi (@marcelorossi52) April 19, 2021
“La Resolución 60 del día de hoy no era necesaria. El Estado cuenta a través de la AFIP, La Aduana, El Banco Central y el Ruca con los elementos para ejercer un riguroso control de la subfacturación y del ingreso de divisas que generan las exportaciones”, explicó el ex funcionario, conocedor a fondo del asunto. Incluso hace algunos meses la propia Aduana emitió precios de referencia para evitar maniobras de subfacturación en los embarques de carne a China. Ningún operador puede exportar por debajo de esos valores.
Rossi añadió que a su juicio el resultado de estas mayores exigencias será una “mayor concentración y una invitación a la discrecionalidad”. es decir, como no está claro quién deberá cumplir con las nuevas exigencias, podría ser el funcionario de turno quien defina quién puede exportar y quién no pueda hacerlo.
Pero por otro lado es apabullante la cantidad de papeles que deberán presentar las empresas tratando de caer en gracia a esos funcionarios. “Tendrán que presentar los mismos requisitos en el RUCA que ya deben acreditar ante la AFIP, la Aduana, El Banco Central, y en algunos casos Comercio y SENASA. Cuatriplican requisitos, y exigen un año antes que operaciones se van a realizar. Una locura”, definió el ex funcionario.