Por Nicolás Razzetti.-
La Afip definió este miércoles que los frigoríficos deberán anticipar el pago de 40 pesos en concepto de anticipo de cargas previsionales y patronales por cada animal que se mande a faena, aunque ese valor se actualizará en forma semestral.
La medida había sido adelantada por una resolución conjunta de Afip y la Subsecretaría de Control de Comercial Agropecuario (Succa) hace pocos días, y ahora lo que se definió fue el monto de ese pago a cuenta, que se suma a los otros anticipos que los faenadores deben depositar en concepto de IVA e Ingresos Brutos, dentro del sistema implementado desde el 1 de marzo pasado terminar con la evasión y la competencia desleal en la cadena de la carne.
Ver también: “¡A la carga barracas! No podrán faenar los frigoríficos que no paguen aportes a sus laburantes”
Teniendo en cuenta una faena anual de 12 millones de bovinos, el adelanto de aportes patronales sumaría unos 480 millones de pesos a las arcas de la Afip. La nueva normativa de la Afip entra en vigencia el 1 de diciembre.
El pago se debería hacer efectivo ante la Afip antes del 23 de cada mes y quienes no la cumplan serían suspendidos del Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria (Ruca), lo que implica en la práctica que no podrán seguir operando.
“Estamos de acuerdo. Era una medida que se había acordado porque contribuye a combatir la informalidad. Sabemos que la informalidad no solo es sanitaria sino que también es impositiva y dentro de la parte impositiva estos aportes corresponden a la parte de la seguridad social”, explicó Jorge Torelli, directivo de la cámara de frigoríficos Unica.
El empresario aclaró que , aunque este sistema es parecido a los anticipos de IVA que cada frigorífico debe hacer antes de la faena, en el caso de aportes patronales se deberá realizar un único deposito de forma mensual.
Como todo anticipo de impuestos, el cálculo se hará sobre una estimación. En este caso se tomará como referencia el promedio mensual de “animales propios o de terceros pertenecientes a las especies bovina faenados en la totalidad de las plantas explotadas -aunque no se produzca la venta posterior de la carne por cualquier causa- durante el trimestre anterior al mes en que corresponda el ingreso del pago a cuenta”.
Según la nueva resolución de la Afip quedan obligados “los empleadores (personas humanas o jurídicas o cualquier otro ente colectivo) que sean a su vez propietarios, locatarios, arrendatarios, concesionarios o cualquier otro titular cuyo nombre y responsabilidad jurídico-económica funcionen los establecimientos de faena”.
El organismo recaudatorio también señala quienes quedan excluidos de cumplir esa norma: “los estados provinciales y municipales y el gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las cooperativas de trabajo”.