El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (Renatre) actualizó este martes la consideración de las faltas que cometen los productores agropecuarios al registrar a sus empleados en el campo.
En la Resolución 1707/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial, se actualizan las faltas a la Ley de creación de la libreta de trabajo rural, que además dio origen a este registro cuya conducción comparten trabajadores y empleadores.
La intención de este resolución es “complementar la ley” para poder establecer “sanciones por falta de registración, omisión o falsedad de datos declarados por el empleador, mediante el uso de las bases de datos disponibles en este organismo, previniendo el demérito del trabajador/a rural en el marco de su relación laboral y la educación preventiva general del trabajo no registrado”.
Recientemente el Renatre implementó una modernización en el formato y la diagramación de la Libreta del Trabajador rural, incorporando un sistema mixto de credencial virtual y física, optativa para el trabajador, que garantiza la autenticidad e inviolabilidad de la libreta. Además se decidió la registración de oficio de trabajadores y empleadores no inscriptos -ya sea- total o parcial.
En este escenario, la actual conducción decidió que “resultaría menester complementar el régimen de sanciones normado en la Ley 25.191, adoptando las modificaciones tecnológicas e instrumentales que sucesivamente fueron agregándole a las labores del Registro”.
Para aplicar esas sanciones se establecieron ahora nuevos criterios:
- Se considera infracción leve cuando se detecten inconsistencias en los datos de registración en el padrón Renatre de trabajadores rurales, en los supuestos de estar declarados como relaciones laborales con códigos rurales, y no indicar en las altas de las relaciones laborales las características de las mismas establecidas, cuando taxativamente no se indique fecha de inicio y fin de la relación laboral, así como sus movimientos correspondientes.
- Para el caso de la infracción grave, se sancionará las conductas de los empleadores que incurran en actos de falsedad, omisión, o inconsistencia en los datos de registración en el Padrón Renatre.
- Y se considerará infracción muy grave no encontrarse en el formulario AFIP F931, toda vez que la falta de información y registración impiden entregar al trabajador la Libreta y se incumple “toda norma coincidente referida a la registración, regularización y cobertura de la Seguridad Social”.
La nueva norma también establece como obligación a cargo del empleador “informar a través del Portal Renatre indicando el formato optado para la entrega de la Libreta de Trabajo Rural (virtual o físico), el contacto telefónico del trabajador y, en caso de optar por la entrega física de la libreta, señalar la dependencia a donde será enviada en un plazo máximo de 5 días de realizada el alta de oficio”.
Asimismo establece que el empleador podrá visualizar la información referida a sus relaciones laborales del padrón a través del mismo portal, donde figurarán de cada uno de sus trabajadores con de mínima nombre completo, CUIL, altas/bajas de las relaciones laborales, y toda la información correspondiente al contrato de trabajo remanente en esta institución.
“Dispóngase que los datos de las relaciones de trabajo que no se actualicen automáticamente en el sistema, deberán ser suministrados por el empleador dentro de los 5 días de ocurrida la novedad”, se añadió, dando cuenta que en el Portal se “podrá agregar y/o editar toda aquella información que no provenga de bases de datos externas”.