Este miércoles se registraron ante la Secretaría de Agricultura Declaraciones Juradas de Ventas Externas (DJVE) por 1.065.000 toneladas de maíz, además de 907.615 toneladas de harina de soja y otras 105.900 toneladas de aceite de soja.
Se trata de operaciones por cifras enormes para una sola jornada, las cuales tienen casi todas un denominador común: los embarques tienen fecha de finalización más allá del 30 de junio, último día –según la normativa vigente– del régimen de rebaja temporaria de derechos de exportación.
Luego de que el pasado 20 de mayo el ministro Luis “Toto” Caputo decidiera extender la rebaja de retenciones para trigo y cebada, en el mercado granario empezó a especularse que en pocas semanas más el funcionario haría lo mismo con el resto de los granos.
Sin embargo, el mismo día del anuncio relativo a los granos finos, “Toto” afirmó que las alícuotas de soja y maíz volverán a subir a partir del próximo 1 de julio.
Los encargados de planificar la originación y logística de embarques agroindustriales no pueden trabajar en base a un “rumor” y, por lo tanto, deben inscribir el mayor volumen de DJVE posible de maíz, harina, aceite y poroto de soja antes del 30 de junio.
En definitiva, la estrategia del “susto” aplicada por Caputo –que nada tiene que envidiar a metodologías propias de gobiernos kirchneristas– está dando buenos resultados porque la acumulación de DJVE no sólo asegura dólares “frescos” al Banco Central (BCRA), sino también recaudación tributaria.
Eso porque el régimen de rebaja temporaria de derechos de exportación, que expira el próximo 30 de junio, requiere que, para aplicar la rebaja de la alícuota del impuesto, los agroexportadores abonen el 95% de las divisas de la venta en un plazo de hasta 15 días posterior al registro de la operación (DJVE), lo que representa una exigencia financiera para las compañías porque deben ingresar las divisas antes de cobrar el embarque, para lo cual deben recurrir a fondos propios o créditos.
Si los agroexportadores quieren liquidar divisas en un plazo de hasta 30 días desde el momento de cumplido el embarque de granos, harinas proteicas y aceites vegetales, tienen la opción de pagar el derecho de exportación “lleno”, lo que representa una desventaja comercial.
El régimen, además de exigir el adelantamiento del ingreso de divisas, también requiere abonar al menos el 90% del derecho de exportación correspondiente dentro de los cinco días hábiles desde la registración de las DJVE, lo que implica un refuerzo tributario importante para la administración pública nacional.
El régimen, vigente desde el pasado 27 de enero, rebajó la alícuota vigente sobre el poroto de soja de 33% al 26%, mientras que la correspondiente al aceite y la harina de soja pasó del 31% al 24,5%. El impuesto para las exportaciones del maíz y el trigo fueron reducidas del 12% al 9,5%, lo mismo que en los casos del sorgo y la cebada. En el caso del girasol, el derecho de exportación de la semilla y del aceite fueron rebajados del 7% a al 5,5%, mientras que para los pellets retrocedió del 5% al 4%. El 20 de mayo el beneficio fue extendido hasta el 31 de marzo de 2026 para trigo y cebada.