El Juez Nacional del Trabajo Matías Moreno Espeja decidió aceptar la medida precautoria presentada por las organizaciones de la Mesa de Enlace y ordenó “la suspensión de los efectos de la Resolución 230/22 dictada por la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA)”, que en diciembre pasado estableció el pago obligatorio de un bono adicional de 26 mil pesos para cada trabajador rural registrado, que se sumaba al pago de 24 mil pesos para todos los empleados de la economía y entonces totalizaba una suma de 50 mil pesos.
La decisión del juez se mantendrá al menos “hasta tanto el Ministerio de Trabajo se expida respecto de la impugnación efectuada sobre la misma en sede administrativa por los accionantes, extremo que deberá cumplir de manera inmediata”.
De este manera, el juz Moreno espeja, en un fallo de 9 páginas al que accedió Bichos de Campo, hizo lugar al recurso de amparo que había sido presentada por la Sociedad Rural Argentina, CRA, Coninagro y Federación Agraria, además de por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME). Todos estos sectores se habían manifestado en contra de una medida adicional, que duplicaba el costo del bono especial de fin de año solo a los trabajadores rurales, y que había sido aprobado en el marco de la CNTA solo con el voto del gremio UATRE y los representantes del propio Estado.
Las entidades rurales primera había presentado, frente a los hechos consumados, un recurso administrativo ante las autoridades de la cartera laboral, argumentando contra los modos en que había sido aplicado el bono adicional de 26.000 pesos. Pero como no obtuvo respuesta, recurrió luego a la justicia.
Este es el fallo que hizo lugar a este amparo:
RESOLUCION MC
“La Resolución 230/22 dispuso el pago de una suma adicional para el sector agrario cuando se encontraba cerrada la paritaria del año 2022, máxime, teniendo en cuenta la situación desfavorable que atravezaría el sector agrario a lo largo del todo país, lo cual motivó la declaración de emergencia agropecuaria en distintas provincias, encontrándose en riesgo las fuentes de trabajo de los trabajadores del sector. Tal escenario habría sido expuesto por la patronal en la reunión del 22 de diciembre de 2022, pero ello no fue óbice para seguir adelante con el tratamiento del pago de la asignación no remunerativa”, explicó ahora el juez, para justificar la suspensión del bono.
Además agregó que “tampoco se advierte se que se hayan desarrollado motivos fundados para justificar la diferencia en el bono extraordianario fijado para este sector en relación con los otros sectores de nuestro país, lo que implicaría un trato desigual”.
“Por lo hasta aquí desarrollado, estimo que los reclamantes poseen un legítimo derecho a la protección de sus intereses, garantizando la tutela judicial efectiva ante los vicios que podrían existir en cuanto a la competencia, causa, motivación y finalidad de la Resolución bajo análisis, la cual se encuentra impugnada en sede administrativa, sin que haya resolución alguna hasta el día de la fecha”, completó el magistrado.