El 16 de abril de 2018 la municipalidad de Gualeguaychú informó que se aprobó esa noche la ordenanza que prohibía el uso, venta y comercialización de glifosato, con 9 votos a favor y 3 en contra.
La ordenanza 12216/18 en su primer artículo impedía en todo el ejido de la localidad de San José de Gualeguaychú el uso, aplicación, expendio, almacenamiento, transporte, comercialización y venta del producto llamado en forma general “Glifosato” y aquellas formulaciones que lo contengan.
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Luego de más de 6 años, la justicia entrerriana encarnada en la Cámara en lo contencioso administrativo N° 2 de Concepción del Uruguay, decidió dar lugar a una presentación de entidades ruralistas y productores agropecuarios y declaró inconstitucional (parcialmente) la ordenanza reglamentada en 2018.
Mariano Alberto López, Federico José Lacava y María Fernanda Erramuspe, jueces entrerrianos, resolvieron al pedido de los ruralistas contra la municipalidad: “Hacer lugar parcialmente a la demanda y, en consecuencia declarar la inconstitucionalidad del artículo 1 de la Ordenanza 12216/18 HCD, en cuanto prohíbe al interior de su ejido el uso y aplicación del producto llamado en forma general “Glifosato” -y aquellas formulaciones que lo contengan”, agregando el apartado que prohíbe “en su ejido el expendio, almacenamiento, transporte, comercialización y venta” del popular herbicida.
La sentencia completa:
sentencia glifosatoGualeguaychú prohíbe el glifosato y le corta las piernas al Mellizo