El 11 de abril comunicábamos en este medio que el Presidente de la Nación había presentado y firmado el Decreto 185/2023, que autoriza la venta en farmacias de medicamentos humanos para animales recetados por veterinarios.
Si bien en aquel entonces se comunicaba oficialmente que esta medida estaba respaldada por las facultades de Ciencias Veterinarias nacionales, las sociedades de Medicina Veterinaria y Argentina de Oncología Veterinaria, y la Academia Nacional de Agronomía y Veterinaria, entre otras instituciones, desde ese entonces comenzó una serie de malinterpretaciones al respecto que sigue al día de hoy.
En este contexto, la industria de laboratorios veterinarios y distribuidores emitieron un comunicado alertando que están convencidos qué, por idoneidad y conocimientos, “es el veterinario el único profesional indicado para la prescripción de los medicamentos, y la farmacia veterinaria el ámbito natural para el expendio de productos zooterápicos”.
El anterior enunciado está firmado por la Cámara de Laboratorios Argentinos Medicinales Veterinarios (ClameVet), la Cámara Argentina de la Industria de Productos Veterinarios (CAPROVE), y la Cámara Argentina de Distribuidores de Productos Veterinarios, CADISVET.
Además, las cámaras en conjunto se mostraron abiertas a lo excepcional, pero dejaron en claro que eso nunca se podría convertir en regla: “Entendemos y compartimos que, cuando no exista un fármaco aprobado por SENASA para una patología en una especie determinada, se pueda usar excepcionalmente en forma “off label” (fuera de etiqueta), un medicamento de humana o veterinaria, por fuera de las indicaciones o uso para el que fue aprobado”.
Además de mencionar el caso de la FDA en Estados Unidos, que regula este tipo de eventos, las cámaras de industria veterinaria agregaron: “Convertir esta excepción en uso rutinario y masivo, conlleva serios riesgos para la salud animal, ya que en los prospectos y etiquetas de los medicamentos de humana no se explicita ninguna información respecto a su uso en animales, ya que no fueron desarrollados para tal fin”.
Sin embargo, explicaron las consecuencias que podría tener esta medida mal usada, o que se convierta en cotidiana: “La utilización no excepcional, también tiene riesgos para la salud humana, ya que habilita el uso de medicamentos de humana, sin sus correspondientes estudios de residuos y sin indicación de período de restricción, en las especies destinadas a consumo humano, “sumando a esto la posibilidad de prescripción por parte del veterinario de medicamentos de humana, con principios activos prohibidos internacionalmente para su uso en medicina veterinaria, con la posible alteración de la calidad agroalimentaria y el consecuente cierre del comercio internacional de productos de origen animal”.
Días atrás, la Academia Nacional de Agronomía y Veterinaria había salido a advertir que los tratamientos medicamentosos de animales, deben ser llevados a cabo por profesionales veterinarios debidamente autorizados (matriculados) y deben ser ellos quienes receten.
Sobre esto, recomendaron la utilización de medicamentos desarrollados y registrados para animales, y “únicamente recetar y utilizar medicamentos desarrollados para humanos en animales, cuando no se disponga de un producto veterinario para esa indicación”.
El comunicado conjunto firmado por ClameVet, CAPROVE y CADISVET;
Comunicado Cámaras - Clamevet-Cadisvet-Caprove