La distribución del cupo anual de 20.000 toneladas de carne vacuna destinada a EE.UU. se realizará según los mismos criterios establecidos en la cuota Hilton.
Así lo estableció hoy lunes el gobierno, por medio de la resolución 266/2021, al entender que es necesario “igualar las condiciones exigidas a los participantes de este contingente con aquellas establecidas en la cuota Hilton”.
En ese marco, se determinó que a partir de 2022 el cupo de carne vacuna para EE.UU. libre de aranceles se repartirá hasta un 90% para la categoría industria y hasta un 5% para los proyectos conjuntos, mientras que el 5% restante será para los nuevos postulantes.
El máximo a asignar para las empresas de las categorías industria y proyectos conjuntos no podrá exceder el 10% de la cuota total asignada para cada categoría. Por otra parte, ningún grupo económico podrá tener más del 10% de la cuota.
Asimismo, el volumen de toneladas a asignar a cada postulante no podrá ser inferior a 50 toneladas para la categoría industria y 12 toneladas para proyectos conjuntos. En tanto, los nuevos postulantes podrán solicitar hasta 200 toneladas si se trata de empresas con ciclo I y ciclo completo (faena y desposte) y hasta 100 tonelada si cuenta con ciclo II (desposte).
El criterio distributivo comprenderá en un 50% las exportaciones medidas en valor FOB a todo destino, en un 25% el precio promedio de exportación a todo destino y el 25% restante el precio medio de venta a EE.UU. de los últimos tres años inmediatos.
Tal como sucede en la cuota Hilton destinada a la Unión Europea, se creará un fondo de libre disponibilidad al cual podrán acceder aquellos adjudicatarios que hayan completado su cuotaparte asignada.
Las empresas y proyectos conjuntos que al 1 de septiembre de cada año no hubieren certificado al menos el 60% del cupo asignado, perderán la diferencia de tonelaje no exportado hasta alcanzar dicho porcentaje, el cual pasará a integrar el fondo de libre disponibilidad.
La resolución 266/2021 indica que el Ministerio de Agricultura “podrá excepcionalmente modificar la fecha límite para que opere la quita de oficio, siempre que exista razón fundada y se comunique a todos los adjudicatarios del ciclo”.
CuotaEE.UU.