La Comisión Nacional de Trabajo Agrario estableció por resolución las nuevas remuneraciones mínimas del “personal permanente de prestación continua” -figura comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley N° 26.727 y su Decreto Reglamentario N° 301/2013-, así como nuevos topes indemnizatorios.
Dependiendo de la actividad, las mismas entrarán en vigencia entre el primero de mayo y el primero de junio de este año, y tendrán vigencia hasta el 31 de julio de 2024, aunque se aclaró que podría haber una nueva reunión el próximo mes.
“Los integrantes de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario se comprometen a reunirse en el mes de julio de 2024, a fin de analizar las posibles variaciones económicas acaecidas desde la entrada en vigencia de la presente Resolución que podrían haber afectado a las escalas salariales establecidas en el artículo 1°, y la necesidad de establecer ajustes sobre éstas”, indica el artículo 5 de la medida.
Esta actualización comprende tareas realizadas en todo el territorio nacional, como por ejemplo cultivadores de arroz, peones de cabañas bovinas y ovinas, apicultores, fruticultores, domadores, maquinitas de cosechadores, entre muchos más.
Las escalas podrán visualizarse en el siguiente documento:
185 CNTA - Peon gral (1)