En 2016, durante el inicio del gobierno de Cambiemos, hubo un histórico paro del transporte de cargas (en especial del sector agrícola) que desencadenó en intento de regulación a medias de los fletes cerealeros: como era anticonstitucional imponer tarifas obligatorias, se acordó fijarlas de modo referencial, de común acuerdo entre los sectores dadores de carga y los transportistas.
Aunque cada tanto hay un nuevo conato de conflicto por parte de los transportistas, y los empresarios agrícolas no están obligados a cumplir con esas tarifas de referencia, el gobierno de Javier Milei decidió eliminar todo vestigio de negociación colectiva en ese rubro. Y mediante la Resolución 48/2025, firmada por la Secretaría de Transporte y publicada en el Boletín Oficial de este jueves, derogó aquella resolución de 2016 que había creado la “Mesa de Negociación Participativa”, donde empresarios y transportistas definían cada seis meses esos valores referenciales, que de todos modos en muchos casos no se respetaban. De hecho, varias veces las entidades del transporte de cargas habían pedido que fueran obligatorios.
La última vez que se fijaron estos valores fue en marzo de este año, sin mayor conflicto entre las partes. Debían volver a reunirse en estas semanas.
“Abrógase la resolución 8 del 1° de abril de 2016 y la resolución conjunta 1 del 21 de abril de 2023”, dispone la nueva norma, que a renglón seguido ordena notificar de esta desregulñación a todas las entidades que intervenían de aquella mesa conciliatoria: la Federación de Transportadores Argentinos (FETRA), la Confederación Argentina del Transporte Automotor de Cargas (CATAC), la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC), la Federación Argentina de Entidades de Transporte y Logística (FAETyL), la Asociación de Camioneros Profesionales y Conductores de Vehículos de Carga de Capital Federal y Provincia de Buenos Aires, la Federación Agraria Argentina (FAA), Coninagro, la Sociedad Rural Argentina, Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), Federación Argentina de Transportistas de Cargas (FATRAC) y la Federación Nacional de Acopiadores de Granos.
La decisión del gobierno se produce justo el mismo día en que FADERAC divulgó una nueva estimación de su Índice de Costos del Transporte (ICT), que registró en agosto un incremento de 3,54%. “Este aumento se da en un contexto de aceleración en los últimos tres meses en una coyuntura económica con mayores tensiones cambiarias y monetarias, en el que el ICT había exhibido incrementos por arriba del 2%: abril alcanzó el 3,77%, junio el 2,56% y julio marcó la cifra más alta del año con 4,03%”, se indicó. En lo que va del año, el acumulado ha sido del 23%.
Es decir que mientras los costos del transporte suben más arriba de la inflación, el gobierno libertario elimina la única instancia conciliatoria que existían entre estos costos y las tarifas, que de todos modos eran orientativas. Seguramente los gremios empresarios del transporte alzarán la voz ante esta decisión.
De todos modos, la Mesa de negociación entre transportistas y dadores de carga ya había sufrido desgajes. Según informa la misma resolución que la elimina, FADEEAC había manifestado su decisión de no participar más porque no estaba de acuerdo con la composición de los rubros que conforman los costos del transporte de cargas que se evaluaban. Según esta mirada, su Índice de Costos resulta más “serio y bien elaborado para trasladarlo a negociaciones de tarifa individuales entre transportistas y los otros actores del mercado”.
A la vez, “la Sociedad Rural Argentina, que nuclea a productores agropecuarios de todo el país, expresó formalmente su decisión de no participar en futuras reuniones para la determinación de tarifas indicativas o de referencia, considerando que la mejor política en este ámbito es aquella que respeta la libertad de mercado y la capacidad de los actores privados para establecer sus propios acuerdos comerciales”.
¿Y qué piensa el gobierno? La Secretaría de Transporte ha señalado en un informe propio que “(…) si bien el Estado Nacional no interviene en la definición de los acuerdos entre las partes, se identificaron valores de referencia que fueron producto del intercambio en las Mesas de Trabajo y formalizados posteriormente mediante actos administrativos. Dichos valores, concebidos como guías orientativas, han sido objeto de diversas interpretaciones respecto de su aplicación, dando lugar a situaciones en las que los acuerdos alcanzados resultaron divergentes respecto de las referencias establecidas, mientras que el propósito fue brindar un marco orientador y no establecer un valor vinculante.”.
En consecuencia, la autoridad consideró que “deviene necesario eliminar barreras regulatorias que atenten contra los principios constitucionales de la libertad económica”.