Las “retenciones cambiarias” se encuentra en un nivel del 40%, lo que implica que, por cada dólar generado por un exportador de bienes y servicios, el Estado le entrega pesos argentinos por el equivalente al 60% del valor exportado.
La “retención cambiaria” se inició con el “cepo cambiario” instrumentado por el gobierno de Mauricio Macri a comienzos de septiembre de 2019 por medio de la comunicación “A” 6770 del BCRA, política que fue reforzada por la gestión de Alberto Fernández.
La economista Iris Speroni definió cuáles son las características de este impuesto indirecto o “encubierto”, el cual, a diferencia de los derechos de exportación, es desconocido por la mayor parte de la población a pesar de resultar mucho más dañino.
Speroni, en un artículo publicado en el sitio Restaurar, explicó que las divisas “son de quien exporta, no del Estado” y que la retención cambiaria es, por lo tanto, “una confiscación sin ley previa del Congreso”.
Al confiscar las divisas, el Estado “paga un dólar arbitrario y bajo”, cuando “la Constitución determina que toda confiscación será a precio justo o de mercado”.
La economista además remarca que el dinero que quita el Estado a través del Banco Central (BCRA) es un “impuesto que no ha sido sancionado por el Congreso” y que “no sabemos a dónde va ese dinero y con qué criterio el BCRA se lo entrega a unos y a otros. Las erogaciones no han sido aprobadas por el Congreso de la Nación”.
La retención cambiaria representa entonces “un abuso de autoridad por parte de las autoridades monetarias al cobrar un impuesto sin tener potestad”, lo que implica que existe “inclumplimiento de los deberes de funcionarios públicos por parte de los diputados y senadores nacionales, únicos responsables de las políticas monetarias y cambiarias al delegar lo indelegable”.
“Cuando el Congreso entrega supremacías al Poder Ejecutivo, que dejan la fortuna de los argentinos a merced de terceros, los legisladores violan el artículo 29 de la Constitución”, apunta Speroni, quien aclara que el término “fortuna” corresponde al patrimonio de cada persona y no a la riqueza de los millonarios.
¿Qué dice el artículo 29? Que el “Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria”.
“El dinero debe ir a quién lo produce. A los trabajadores, proveedores, transportistas, comerciantes del pueblo, finanzas municipales y provinciales, cadena de comercialización, etcétera, y, obviamente, a los dueños de la cosa”, explica la economista.
Speroni solicitó “peticionar a los gobernadores y senadores que exijan este dinero para quienes producen los bienes exportables. Esto es, para las provincias que ellos gobiernan o representan”, además de “difundir entre los comprovincianos para que se sepa la dimensión de la estafa y quiénes son los perjudicados”.
Vaselina para los sectores exportadores: La “retención cambiaria” llegó al 40%