Las autoridades del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Alimentaria (Senasa) dispusieron que animales de las especies bovina, bubalina y/o equina, sin inspección y con presencia de parasitación por garrapata en cualquier estadio, podrán ser enviadas a cualquier zona del país si su destino final es la faena.
La medida –publicada este viernes en el Boletín Oficial– comprende tanto a animales provenientes de establecimientos agropecuarios ubicados en las zonas de control y/o de erradicación y de establecimientos infestados por brotes de garrapata en zona indemne o bien de eventos concentradores y/o remates feria realizados en predios feriales habilitados ubicados en zonas de control.
En el último año recrudeció un problema masivo de garrapata en el centro-sur de la provincia de Corrientes luego que se levantara la obligación de controlar a la plaga sin realizar ninguna campaña previa de concientización o prevención. Esa situación, sumada a condiciones climáticas predisponentes, provocaron problemas productivos graves en la región.
La multiplicación de focos de garrapatas no sólo afectaron al sistema productivo ganadero correntino, sino también los aspectos logísticos y comerciales, porque las autoridades de Entre Ríos aplican una política de “tolerancia cero” ante la detección de ingresos de hacienda con presencia de la plaga aunque se trate de tropas con destino a faena en otras provincias. En ese marco, ahora con la nueva normativa del Senasa, los “bloqueos” aplicados por la FUCOFA de Entre Ríos ya no serán permitidos.
Para poder enviar hacienda con destino a frigorífico para faena inmediata, el DT-e utilizado para autorizar el movimiento debe estar emitido con la leyenda “FAENA INMEDIATA GARRAPATA”. La totalidad de los animales debe cargarse en las instalaciones de corrales y embarcadero propias del establecimiento; no se podrán realizar cargas parciales con origen en distintos establecimientos. Sí se podrán cargar en el mismo camión animales de distintos titulares que se encuentren dentro del mismo establecimiento.
Para poder recibir hacienda con garrapatas, los frigoríficos deben contar con un lavadero de camiones propio habilitado por el Senasa dentro del mismo predio y, una vez finalizada la descarga de los animales en la planta frigorífica, se debe realizar inmediatamente el lavado y desinfección del transporte.
La norma del Senasa también determinó que cuando el establecimiento de destino se encuentre en zona de erradicación y/o indemne, se debe realizar un “tratamiento precaucional” sobre los animales de la tropa que resultaron limpios a la inspección y en forma previa al carguío. Su realización queda bajo la responsabilidad del titular y/o encargado de los animales.
El tratamiento precaucional debe ser registrado en el Formulario de Inspección y Despacho de Hacienda (FIDHA) con el nombre comercial del producto garrapaticida utilizado, el cual debe estar, obviamente, habilitado por Senasa.
Para la gestión del FIDHA, inspección y pre-despacho de hacienda, el personal del Senasa o los técnicos acreditados del el organismo deberán indicar la fecha y la hora programada de la inspección de la tropa. El aviso se debe realizar con un mínimo de doce horas de antelación a la visita al establecimiento, pudiendo llevarse a cabo mediante autogestión o concurriendo la oficina local del Senasa. Una vez aceptado el FIDHA, el mismo tendrá una vigencia de 48 horas para que el titular de los animales pueda emitir el DT-e.
“Si en la revisación se hallan garrapatas vivas, se debe suspender la tarea de inspección y se debe informar el resultado. El productor no puede solicitar un nuevo despacho hasta siete días posteriores, como mínimo, al rechazo de la tropa”, señala la normativa.
Formulario